Divorcio en Japón

Estoy casada con un japones y tengo la residencia permanente en este país. Estamos en tramites de divorcio y me gustaría saber que pasos debo seguir para conseguir el divorcio también en España, ya que nuestro matrimonio fue registrado en la embajada española y tenemos el libro de familia. ¿Es posible hacerlo desde Japón o hay ciertos papeles que deba tramitar en España?. El divorcio sera por mutuo acuerdo.

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Si os divorciáis en Japón,, podéis inscribir la sentencia extranjera en el consulado, por medio de un procedimiento llamado exequátur. También os podéis divorciar en España, pero eso es doble gasto.
En resumen: Te divorcias en Japón (si vives ahí), traduces la sentencia firme al castellano e instas la ejecución es España por medio de abogado español. Sencillo pero largo en el tiempo
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Formas de divorcio en Japón

En la mayoría de los países occidentales, sólo se acepta el divorcio judicial o sea el divorcio admitido y declarado por un juez en un tribunal competente.

Sin embargo, en Japón, si existe acuerdo entre las partes, hay una modalidad administrativa de divorcio que se puede tramitar en el municipio, de la misma forma que se registra el matrimonio.

a) Divorcio por mutuo acuerdo (kyogi rikon):

Si ambas partes están de acuerdo con las condiciones de divorcio (reparto de bienes y patria potestad de los hijos), con sólo llenar un formulario (rikon todoke) que esté firmado por ambos y otros dos testigos queda disuelto el matrimonio. En el caso de los japoneses, adjuntan el registro de familia KOSEKI para que posteriormente sean registrado el divorcio. Si son extranjeros, deben presentar la Constancia de Registro de Extranjería (toroku genpyo kisai jiko shomeisho) y la partida de matrimonio o constancia de registro de matrimonio (kon-in juri shomeisho), de haberse casado en Japón.

Sin embargo, en el caso de que la pareja (marido y mujer) sea de la misma nacionalidad, no se permite el divorcio bajo esta modalidad por las regulaciones y criterios de Derecho Internacional Privado y la Ley de Aplicación de Leyes de Japón. Si bien se tiene conocimiento de que algún municipio recepcionó por error u omisión la solicitud de divorcio de una pareja de la misma nacionalidad, no es algo admitido en Japón.

Si son extranjeros de distinta nacionalidad o el/la extranjera está casado/a con un japonés/sa y reúnen todos los requisitos como las documentaciones pertinentes, pueden divorciarse ante el municipio. En Japón, más del 90 % de las parejas japonesas se divorcian de esta manera.

En el caso de los extranjeros, se deja constancia de que, aunque se divorcien de esta forma, es necesario realizar posteriormente las tramitaciones judiciales respectivas exigidas en el país de origen para quedar realmente divorciados y de contraer nuevas nupcias, pues esta modalidad administrativa y simplificada no es contemplada en casi ningún país del mundo.

Lo usual es que, como los matrimonios están registrados bajo las leyes del país de origen, es obvio que deban divorsiarse bajo la modalidad que solamente el país de origen admite, pues de lo contrario, no pueden adquirir la aptitud para volverse a casar (ni el Consulado ni ningún funcionario público podría emitir la Constancia de Soltería que exije la autoridad japonesa).

De hecho, a los extranjeros que están por contraer segundas nupcias en Japón, la municipalidad no solamente exige la Constancia de Soltería sino también, aunque tengan la sentencia de un tribunal de familia japonés, la sentencia de divorcio dictado por un juez competente del país de origen.

Se recuerda que la solicitud de matrimonio, sea por primera o segunda vez, antes de ser aprobada es remitida al Dpto. de Asuntos Legales (homukyoku) del Ministerio de Justicia para su inspección (comprobación de identidad, verificación de las documentaciones, antecedentes de matrimonio previo, etc.).

La bigamia está condenada con un máximo de 2 años de prisión con obligaciones de trabajo, según lo estipula el artículo 184 del Código Penal de Japón, además de que puede quedar anulado el matrimonio en cuestión.

Procedimiento preventivo para evitar que sea tramitado el divorcio ante el municipio

Cuando una de las partes presiente que puede ser tramitado el divorcio sin consentimiento de uno, en Japón se puede notificar al municipio para que no sea recepcionada la solicitud de divorcio (rikon todoke fujuri moshide), siempre y cuando se trate de evitar el divorcio por mutuo acuerdo. De esta manera, se puede prevenir los divorcios no consentidos, que por la facilidad administrativa del divorcio que se tramita ante el municipio no es una tarea muy difícil. Esta medida preventiva tiene validez durante 6 meses.

Anulación de un divorcio no acordado

Si una de las partes tramita el divorcio por mutuo acuerdo ante el municipio, sin el consentimiento de la otra parte, el/la cónyuge afectado/a puede en un término de 3 meses hacer una demanda de anulación de divorcio ante el tribunal de familia (katei saibansho). Esta situación es usual cuando uno de los cónyuges está ausente y el ambiente familiar tan deteriorado que no se presta a un mínimo de diálogo para siquiera definir las condiciones de una separación definitiva.

Generalmente, la parte afectada se entera por terceros, por familiares o amistades de que realizó arbitrariamente el trámite de divorcio ante el municipio. En la mayoría de los casos, se comprueba después que la firma o el sello personal (inkan) es adulterado o falsificado.

Las pautas del divorcio deben rubricarse ante Notario Público

A pesar de que el divorcio sea por mutuo acuerdo, las/los cónyuges que tienen ciertos bienes gananciales para recibir y compromisos de pago por alimentos por los hijos deben confeccionar un Contrato de las Pautas de Divorcio (rikon kyogi-sho) ante un Notario Público, con la cláusula de embargo de bienes (kyosei shikko). De esta manera, en caso de incumplimientos, la parte perjudicada puede no solamente reclamar sino que, con la cláusula de embargo, solicitar al tribunal el embargo de parte o la totalidad de los bienes del contrario y dé cumplimiento a las obligaciones pactadas. Desde luego, este contrato y esta cláusula tienen vigencia solamente en Japón.

b) Divorcio por Mediación o Arbitraje del Tribunal de Familia (chotei, shimpan rikon):

Cuando no se logra un acuerdo entre las partes para divorciarse y sobre las pautas de la división de bienes, la patria potestad de los hijos, etc., se puede solicitar la mediación del tribunal de familia para intentar superar los obstáculos.

Como se trata de una instancia de mediación, no es objeto del tribunal sancionar al más responsable ni identificar con precisión las razones del divorcio sino que lo que se intenta es escuchar los argumentos de ambas partes para ver en qué pueden coincidir, si hay posibilidad de reconciliación, si la decisión de divorcio es sólida, etc. Cuando se comprueba que en ambos hay un actitud muy decidida, se empiezan a evaluar, discutir y comprobar las condiciones del divorcio, que van desde la cuestión de la patria potestad de los hijos y pensión de alimentos, hasta la división de bienes, etc. Los mediadores, que son personas civiles (abogados, ex-maestros de escuela o empleados públicos que han trabajado en el área de bienestar social, consejeros de familia) nombrados por el tribunal, no pueden obligar a que tomen una decisión. Suelen hacer recomendaciones, reflexiones y sugerencias, pero nunca imponen puntos de vista que puedan desequilibrar la mediación.

Sin embargo, cuando existe riesgo de violencia familiar, abandono de hijos, etc., inmediatamente puede solicitar la intervención de un consejero (chosakan) para que visite el domicilio de ambos, entreviste a los miembros de la familia, obtenga datos sobre el ambiente familiar, a fin de confeccionar un informe para que el juez pueda decidir sobre el bienestar de los hijos o de la mujer violentada. Aunque no se logre el divorcio, ante una situación de riesgo y gravedad, el juez puede ordenar la separación de la pareja y que instituciones públicas de ayuda a la mujer le brinde una cobertura temporal hasta logre ubicarse en alguna vivienda pública y pueda buscar un empleo.

Las sesiones en estos tribunales de familia son secretas, o sea que no son abiertas al público. Los extranjeros que no dominan bien el idioma japonés deben nombrar y pagar por propia cuenta un intérprete idóneo que lo asista en las sesiones de mediación. Para dar seguridades sobre las condiciones de idoneidad, se recomienda que presenten un poder (inin-jo) donde se especifique el nombramiento y adjunte un curriculum vitae de ese traductor (pues ha habido casos de intérpretes que por su falta de comprensión del idioma no pudieron traducir correctamente, provocando situaciones de mucha incertidumbre en la mediación). Si lo desean, las partes pueden contratar los servicios de un abogado, pero no es algo obligado en esta instancia de mediación. Y aunque nombren un abogado, éste no puede actuar en nombre del cliente sino que solamente puede asistirlo en las cuestiones legales. Las partes deben participar de la mediación en persona, y no a través de un apoderado legal.

Por otra parte, si la parte demandada no asiste injustificadamente a la citación del tribunal, éste puede multar con hasta 50.000 yenes.

Se recuerda que la sentencia dictada en un tribunal de familia debe estar basada en el consentimiento de ambas partes. Si después de varias reuniones de la mediación (generalmente una vez al mes) no se logra llegar a un acuerdo, el juez, en los casos que lo considere necesario, puede unilateralmente arbitrar (shimpan) y dictar sentencia estableciendo las pautas del divorcio. Sin embargo, si en un plazo de 2 semanas, la parte que está disconforme eleva una Nota de Objeción (igi no moshitate), esa sentencia queda sin efecto.

Si no se logra el divorcio por éste medio judicial, deben realizar una demanda ante un tribunal ordinario de primera instancia en lo civil.

El trámite de solicitud de divorcio se debe realizar ante el Tribunal de Familia de la jurisdicción de la parte demandada. Tanto la solicitud (kaji chotei moshitatesho) como las demás documentaciones, si están debidamente confeccionadas, pueden ser enviadas por correo.

Hay que llenar el respectivo formulario y adjuntar un escrito para explicar las razones y las pretensiones. En el formulario, hay que pegar una estampilla oficial (shunyu inshi) de 900 yenes en concepto de gastos administrativos del tribunal y 10 estampillas comunes de 80 yenes para el envío de las notificaciones (al finalizar el proceso, si sobran le son devueltas). También deben adjuntar los KOSEKIS o las Constancias de Registro de Extranjería de las partes, partida de matrimonio o constancia de registro de matrimonio, si son extranjeros; y una nota explicando las razones de la solicitud. Si existe conflicto por el reparto de bienes, es necesario presentar también un inventario de bienes y propiedades.

Links de interes:

http://ideamatsu.com/matrimonio-divorcio/500-1-1.htm 

https://internationalpress.jp/2017/05/15/130625/ 

http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/Tokio/es/Paginas/inicio.aspx

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Ponte en contacto con la embajada española en Japon les cuentas tu caso te asesoraran y te ayudaran

Respuesta

En su caso, y salvo mejor criterio, lo que habría de iniciarse aquí en España es lo que se conoce como "exequatur", que es un procedimiento judicial para homologar y que tengan eficacia resoluciones judiciales dictadas por un Juzgado o Tribunal extranjero.

Quedamos a su disposición por si desea contactar con nuestro despacho en el email [email protected]

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