Pensión alimenticia y compensatoria

Soy un pensionista de 50 años (mi ex esposa tiene 48,5 años) con dos prestaciones de jubilación con 50 años; ¿Una por extraordinaria de retiro por invalidez en servicio de 2400? ¿Y otra destinada a la ayuda de tercera persona de 1400? De la mutualidad de funcionarios
Me he separado hace seis meses, de facto pero sin ningún papel por en medio, pero ahora vamos a iniciar los trámites para divorciarnos directamente sin separación. Nuestro régimen matrimonial es el de separación absoluta de bienes
Dentro de dos meses cumplimos 25 años de casados, tengo dos hijos de 12 y 14 años. ¿Una casa con una hipoteca de 670? Al mes que es el domicilio familiar. La casa es de los dos por mitades indivisas pero la pago exclusivamente yo.
Mi ex mujer, desde que nos separamos, ¿ha encontrado trabajo a tiempo parcial de tres horas diarias con una remuneración de 500?. Tiene una formación de FP grado superior pero no ha trabajado por preferir estar al cuidado de la casa (al principio así lo decidimos los dos pero después yo pensaba, al ser mis hijos más mayores, que debía intentar re incorporarse al mundo laboral pero ella no quiso).
Digo re incorporarse porque al tener a nuestro primer hijo pidió, de mutuo acuerdo, ¿la baja definitiva de un trabajo que le reportaba unos 400? Al mes.
Queremos llegar a un acuerdo y quiero que no lo pasen mal, quisiera saber cual es el importe legal que aprox. Debo pasar por mis hijos y, también, una pensión compensatoria por mi ex. Que creo es justo perciba, por lo menos hasta que pueda buscar un trabajo mejor.
No se, quiero ser justo pero no se cual es la medida de esto, pido consejo sobre lo que puedo hacer.
Yo he propuesto que se venda la casa (¿después de la hipoteca quedarían unos 60.000?) Y darle mi parte, ¿30.000?, aunque la estoy pagando yo completa. ¿Así se asegura poder pagar un alquiler en condiciones ya que donde vivimos con 350 o 400? Hay pisos de 3 o 4 habitaciones muy nuevos

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Ante todo perdone el retraso en la respuesta.
Le comento que al tener dos hijos menores lo más normal (si usted no reclama para sí la guarda y custodia de los mismos) es que a ellos se les adjudique el uso y disfrute de la vivienda y luego lo mismo para el progenitor custodio.
Respecto a la pensión de alimentos que se vería obligado a pagar, no hay un importe legal fijado. Existen unas tablas de referencia pero al final lo que cuenta son las necesidades económicas de los menores y la capacidad económica de aquel que debe pagar la pensión. Se deben hacer muchas cuentas, ver facturas, gastos comunes, gastos de colegio,..., en resumen todos los gastos que tienen ellos en el momento de solicitar el divorcio.
Respecto a la pensión compensatoria, le puedo decir lo mismo. Ahora bien, en este caso es una cuestión que depende de otras circunstancias. Dedicación al cuidado del hogar y familia en el pasado y en el presente, posibilidades de que su esposa encuentre un trabajo, etc.
Respecto al pago de hipotecas y demás prestamos, se tienen que seguir pagando y si su esposa no tiene ingresos deberá usted hacer frente a los mismos.
Todo lo dicho hasta ahora sería en el caso de un divorcio contencioso (a las malas). Dado que por su parte parece haber disposición para llegar a acuerdos, se puede tramitar el divorcio por el procedimiento del mutuo acuerdo. Esto consiste en que son los cónyuges quienes fijan en convenio todos los puntos de la futura relación: importes de pensiones, compensatoria y de alimentos, pago de facturas, régimen de visitas, guarda y custodia, liquidación del régimen económico matrimonial, etc.
POr tanto y resumiendo, en su caso lo mejor será llegar a un acuerdo formal entre ustedes y contratar un abogado que traslade dicho acuerdo a un convenio regulador y luego lo tramite ante el Juzgado. Si todo va bien, en un breve plazo todo estará fijado en sentencia y estarán ustedes divorciados. Nada más.
Su respuesta ha sido clara, ahora yo le quiero solicitar una opinión más arriesgada.
¿Mi ex me exige 1500? Al mes y que me haga cargo de la mitad de la hipoteca. No me ha dicho todavía que reparto tienen esos 1500 (por cada hijo y para ella)
Cual debería ser y durante cuanto tiempo debería ella percibir la compensatoria.
De esta manera ¿Cómo me garantizo yo que hará frente al pago de su media hipoteca? ¿Si deja de pagar, mi parte de la casa es mayor? ¿Si yo adelanto la amortización de mi deuda como se computa esto? ¿Si yo instituyo herederos de mi mitad a personas diferentes de mis hijos que pasa?
¿Qué acuerdo considera usted que sería justo en estas circunstancias máxime cuando yo me quiero reservar mi pensión de ayuda a tercera persona para ese fin y que solo se compute la de 2400?
Tiene mi ex alguna obligación de buscar trabajo (se que eso es difícil de solucionar) o límite tiempo para que yo deba soportar sus gastos porque puede ser que deje de trabajar en cualquier momento.
Saludos cordiales
¨Buenas tardes,
la palabra "exige" no me parece muy buena para tramitar un mutuo acuerdo, sería más propia de un divorcio contencioso. Otra cosa es que usted lo acepte.
Como ya le comenté en la primera respuesta, la pensión de alimentos será obligatoria para usted, la pensión compensatoria es algo a lo que los cónyuges pueden renunciar de mutuo acuerdo. También le comenté que no hay una regla fijada para decir por cada hijo son tantos euros. Se deben presentar muchas facturas y recibos de sus gastos para poder llegar a una cifra adecuada. No es lo mismo que los hijos vayan a un colegio privado que a uno publico, no es lo mismo que hagan actividades extraescolares a que no las hagan, etc.De todos modos se deben mirar también los ingresos de usted y ahí es donde usted va a cojear. Gana mucho dinero y esas cosas se pueden saber y demostrar. Por tanto, más le vale llegar a un acuerdo.
El tiempo que debe durar la pensión compensatoria será el que ustedes decidan de mutuo acuerdo, caso de ser un divorcio contencioso dependerá del juez. Hay jueces que son más proclives a fijar la pensión vitalicia y otros, cada día más y dependiendo de la edad de su esposa y de las posibilidades de que encuentre un trabajo, son más proclives a fijar un término prudencial de duración, que vienen a ser unos dos años más o menos.
Respecto al pago de la hipoteca, si ello se fija en el convenio regulador será contemplado en sentencia. Caso de incumplimiento por parte de su esposa habría que solicitar la ejecución de la sentencia, es decir, un nuevo proceso. En el caso de que dejase de pagar, lo que habría que hacer es compensar el dinero dejado de pagar una vez se produzca la venta de la vivienda y el reparto del dinero.
Respecto al tema de instituir herederos, los hijos son los herederos legítimos. Ello quiere decir que por ley disponen de una parte de la herencia que no está a disposición del testador. Dicha parte asciende a los dos tercios de la herencia, en los casos normales (uniendo el tercio legitimo y el tercio de mejora). Caso de que usted instituyera como herederos en su totalidad a terceras personas en contra de sus hijos el testamento no sería válido y sería impugnable. Es más, dudo mucho que un notario le permitiera hacerlo.
Su ex como obligación de trabajar no tiene, ahora bien si se le fija un periodo de tiempo la pensión compensatoria se verá en la obligación de buscar un trabajo una vez llegue ese tiempo. Una vez pasado ese tiempo, si deja de trabajar será su problema.
Creo haber respondido a todas sus dudas.

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