Mis hijos de 4 y 8 años reciben la pensión alimenticia de su padre. ¿En el caso de que yo contrajera matrimonio con mi pareja mis hijos dejarían de recibir dicha pensión?
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Respuesta de jurif
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En primer lugar, agradecerle la confianza depositada para dar respuesta a la consulta jurídica que nos hizo llegar a través de la web todoexpertos.com. En nuestro despacho, consideramos que todos los asuntos son distintos y por eso aconsejamos una entrevista personal, para poder darle el mejor asesoramiento jurídico para la resolución de su situación. De todos modos, y de lo que podemos deducir de su consulta, debemos indicarle que el hecho de que usted contraiga nuevo matrimonio no exime al padre de sus hijos a abonar la pensión de alimentos. El padre contribuye a los gastos de sus hijos, no de los suyos, por tanto, su nueva situación civil no vinvula, a excepción, que su situación económica mejore sustancialmente, debiendo el padre entonces iniciar un procedimiento judicial para modificar la pensión alimenticia. Esperamos haberle sido de ayuda, y quedamos a su disposición para ampliar o aclarar las dudas que pueda necesitar.