Rescindir pago alimentos y venta de la vivienda habitual por hijo trabajando en el extranjero
Una breve descripción.
Estoy divorciado y tengo un hijo de casi 22 años de edad.
Este vive con su madre desde del momento del divorcio.
Mensualmente transfiero una cantidad en concepto de alimentos a la cuenta de la madre, según se dispuso en su día en el convenio regulador.
Actualmente mi hijo está viviendo apenas hace unos días en el extranjero, pero con la intención de instalarse allí como mínimo 1 o 2 años o quizás de forma definitiva, por razones de trabajo y estudios.
Visto esto, y después de hablarlo con él, hemos decidido que transferiré la cantidad de alimentos a su cuenta en lugar de a la cuenta de la madre, para ayudarle durante los primeros meses del traslado.
Mi primera pregunta es. ¿Este hecho supondría algún problema legal?
Entiendo que el concepto de alimentos es exclusivamente para cubrir los gastos del hijo. Por lo que también supongo, que en estos casos no es necesario hacer una modificación del convenio en vigor.
Además de no haber tiempo material para realizar esta modificación, sin hablar de los costes que supondría iniciar un proceso de este tipo, etc.
He avisado a mi ex-mujer de este cambio vía email. Y dice estar de acuerdo. Le he solicitado firmar un acuerdo privado entre ambas partes, que detalle las condiciones del mismo. ¿Tiene valor este acuerdo?
Pasado unos meses, cuando mi hijo este instalado y trabajando, quisiera también rescindir además del tema de alimentos, el de una vivienda de la que soy propietario al 50% junto con mi ex-mujer y en la que en este momento vive ella sola.
¿Sería este el mejor momento para dar este paso?
En otro caso ¿Cuál?
¿Al no estar mi hijo usando la vivienda, podría pedir a mi ex mujer una cantidad en concepto de alquiler por el uso de mi 50%?
Quisiera cerrar el tema de los alimentos y de la vivienda cuanto antes.
Cuál sería el proceso más habitual en este caso y los tiempos estimados.