Las pensiones para hijos no están reguladas por Ley, sin embargo existen unas tablas de casi general aplicación que puedes consultar en
http://ayudaafamiliasseparadas.fiestras.com . Las pensiones compensatorias suelen ser "de por vida" en caso de personas con mucha edad y muchos años de matrimonio y en función de que tu mujer está capacitada para trabajar o no. Y además se heredan, de modo que tus hijos tendrán que pagársela si tú mueres (ver senhtencias en la misma página); además ella cobraría la pensión de viudedad y si te casas de nuevo, sería a prorrata por antigüedad entre ambas "viudas" El Tribunal Supremo las ha limitado al 35 % de los ingresos del pagador, pero no ha fijado unas tablas. Los jueces (y juezas) tienen un gran margen de interpretación, de modo que todo esto es orientativo. Las pensiones para los hijos suelen fijarse hasta que estén capacitados para trabajar, pero no es automático, de modo que deberás acudir al Juzgado de nuevo cuando esa circunstancia se produzca para pedir que se te libere de esa obligación. No dejes de visitar
http://ayudaafamiliasseparadas.fiestras.com para obtener mucha información vital acerca de todo esto. Un abrazo y suerte
Antonio