Desacuerdo en elección de colegio

Soy divorciado de Madrid con una niña de 4 años. Tengo régimen de visitas (custodia la madre). Planteo una situación que aún no se ha dado pero que muy probablemente se dará el próximo curso académico cuando la niña tenga que pasar del centro infantil actual a un nuevo colegio para iniciar la primaria.
1) Si hubiera desacuerdo en la elección del colegio entiendo que no queda otra opción que ir a un contencioso. En ese caso, ¿qué ocurre si el proceso se prolonga más allá del inicio del curso? ¿Podría la madre imponer su criterio como progenitor custodio? ¿Podría darse el indeseable caso de que la niña se quedase sin escolarizar ese año?

2) En relación con lo anterior, uno de los posibles motivos de desacuerdo podría ser la ubicación del nuevo centro. Si la madre se empeña en elegir un colegio muy alejado del centro actual (estando ambos domicilios cerca del centro actual), supongamos en la otra punta de la ciudad, trastocando completamente la logística hasta el punto de hacer incompatible mi horario laboral para llevar/recoger a la niña los días que me toque, en cuyo caso me vería obligado a contratar una persona para ello. ¿Podría hacer algo para evitar que esto suceda?

Gracias.
NOTA.
En mi convenio regulador la cláusula de patria potestad quedó redactada así:
La hija menor de edad quedará bajo la custodia y compañía de la madre, compartiendo ambos progenitores la patria potestad, si bien la madre dispondrá de la patria potestad ordinaria, sin necesidad de consulta con el padre de los actos corrientes que a ellos se refieren, obligándose los comparecientes a adoptar de mutuo acuerdo cuantas decisiones de trascendencia afecten a la hija y de modo especial, las relativas a su salud, educación y formación. Cuando no pudiesen llegar a un acuerdo acudirán a la decisión judicial, salvo las que sean urgentes y no permitan la consulta al otro progenitor, que serán adoptadas por aquel progenitor con quien se encuentre en ese momento.

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Teniendo en cuenta que el cambio de Colegio de la menor, sí es una decisión que debe ser considerada como trascendental, primero para su hija, y segundo le perjudica a Vd. hasta el extremo que presumo será demostrable, que se verá Vd. abocado a contratar a una persona para que le sustituya por la imposibilidad de hacer compatible su horario laboral con los días que le toque recoger a su hija, con la consiguiente responsabilidad que se pudiere derivar si la persona a la que Vd. contrate no cumpla con las obligaciones en su sustitución.

Debería Vd. tratar el tema con su ex, y de forma consensuada llegar a un acuerdo, que no perjudique a la menor, y que tampoco vaya en detrimento de sus intereses y si el mutuo acuerdo no es factible ni viable, para ello debe acudir cuanto antes, dadas las fechas en que nos encontramos, a un Abogado especializado en Derecho de Familia, para solicitar unas Medidas Urgentes al respecto, ante el mismo Juzgado competente, que es el que se ocupó en su día de su divorcio.

Somos un Despacho de Abogados, sito en la Calle Velázquez de Madrid, especializado en Derecho de Familia.

La primera consulta presencial en el despacho, tiene un coste de 50 Euros, a deducir de la minuta final.

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Para el cambio de colegio si no hay acuerdo es necesario solicitar una autorización judicial.

En general se tramitan de forma urgente.

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