Un gasto realizado por el menor antes de la firma del Convenio, ¿Está incluido en la pensión?

Mi hijo realizaba la actividad de judo antes de divorciarnos su madre y yo. En el convenio figura que en la pensión están incluidos los gastos escolares. Después del divorcio, su madre le quitó de judo y le apuntó a fútbol sin comunicármelo; después le quitó de fútbol en el colegio y le apuntó a otro fútbol fuera del colegio (sin comunicármelo).

Ahora me reclama la mitad del judo que el niño hizo después de divorciarnos, la mitad del fútbol del cole y la mitad del fútbol de fuera del cole.

El judo fue un gasto incluido en la pensión porque ya lo realizaba a la par de la firma del Convenio y el fútbol ha sido una sustitución (unilateral por su parte) del judo, por eso entiendo que está también incluido en la pensión. ¿Es correcta mi apreciación?

Un cordial saludo

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