Custodia compartida ¿Es posible?

Mi pareja y yo llevamos viviendo juntos desde 1998, en 2005 ella se quedó en paro. Nunca más ha vuelto a trabajar en 2006 y 2008 nacieron nuestros hijos. Estamos pagando una hipoteca de la casa habitual de 700 euros. El único que ingresa dinero en casa soy yo aprox. 2000 euros. Ella ha estado al cuidado de los niños desde 2006 que nació el primero. No estamos casados, somos pareja de hecho por un ayuntamiento. Ella sigue sin trabajar. Ahora ella dice que se quiere separar y quedar
con la custodia de los niños lógicamente en la casa donde vivimos. Yo le propongo custodia compartida, alquilando otro piso y 15 días cada uno al mes viviendo con los niños y pagando los gastos a medias.
¿Qué posibilidades tengo? ¿Podría un juez decretar la custodia a ella sin ningún ingreso? ¿Cuál sería la pensión a pasar en su caso? ¿O quizá sería yo el que me tenía que quedar con la custodia al no tener ella ingresos?

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Dada su situación, lo más adecuado sería iniciar un procedimiento de mutuo acuerdo.

El divorcio de mutuo acuerdo, es aquel mediante el cual, se establecen las condiciones de la ruptura en un convenio regulador, y así y entre otras se estipulan, las compensaciones económicas, el reparto de cargas del matrimonio, el uso y propiedad de las viviendas, el régimen de guardia y custodia de los menores, etc, etc.

Es la forma más rápida, económica y eficaz de divorciarse, dado que además, el divorcio de mutuo acuerdo está exento de tasas judiciales.


Ese convenio regulador debe ser firmado por Vds y ratificado ante el Juzgado. Pueden ser asistidos por un solo abogado y procurador, con lo cual también se ahorran costes.

¿Y si no hay mutuo acuerdo? ¿qué posibilidades tengo? el procedimiento sería el mismo como si estuviese casado legalmente? Gracias.

El procedimiento sería similar al de un divorcio contencioso, ya que al haber menores siempre interviene la fiscalía.

Cada caso concreto es distinto y es muy aventurado hablar de posibilidades sin saber conocer con profundidad el asunto, esto no son matemáticas sino derecho de familia y aquí prima el interés del menor por encima de todo.

Intente la vía del acuerdo y de no ser este posible deberá iniciar un procedimiento contencioso para el establecimiento de un régimen de visitas y las pensiones que correspondan.

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