Legítima Madrid

¿Cómo se puede saber la Legítima, transcurridos 10 años del fallecimiento del testador, si se desconocen sus bienes?.

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Tratándose de bienes inmuebles puedes acudir al registro de la propiedad y solicitar nota simple, o certificación si quieres hacerlo valer en juicio
Puedes igualmente al juzgado reclamando tu legítima, acude para ello a un abogado que ya te informará de como reunir las pruebas para aportarlas al juzgado
En todo caso, siempre tienes derecho a cobrar tu legitima, y el que haya percibido el precio de los bienes te deberá reintegrar el importe que te corresponda, pudiendo en su caso impugnar las enajenaciones si se prueba que se realizaron en fraude de tus derechos
Tratándose de Madrid rige el derecho común (código civil); según éste legitimarios son los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes (2/3 de la herencia); a falta de los anteriores los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes (1/2 salvo que concurra con el viudo en cuyo caso lo será de 1/3) y el viudo(a) del difunto en cuanto usufructuario de una cuota de la herencia
Si estás en estos supuestos, y no hay testamento ni conoces los bienes de la herencia deberás promover un abintestato, bastando para ello con acudir a un notario del domicilio del fallecido (solo si eres descendiente, ascendiente o cónyuge del difunto)

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