Lo de la legítima es una fórmula que suelen poner los notarios en los testamentos, porque a veces los que hacen el testamento no exponen su situación real.
Además, hace testamento y pasados los años puede adoptar un hijo, o casarse con una mujer y reconocer al hijo de esta... o puede que tenga un abuelo vivo y no lo mencione.
Pero si no hay de los comprendidos en los artículos que le he reseñado, no hay legítimas.
Por lo demás, como le dije, la herencia es de libre disposición. Incluso podría haber dejado todo a esa cuidadora y ningún familiar podría reclamar nada.
El que no especifique el saldo de las cuentas es normal.
Lo mismo podría caerle una primitiva de varios millones que gastárselo en lo que fuera.
Los saldos siempre varían.
Y puede comprar más bonos o acciones, o vender los que tiene y aumentar los saldos de las cuentas corrientes.
Por ello, imagino que en el reparto de su herencia deja partes o tantos por cientos.
Ya habría que leer el testamento original para ver que reparto especifica.
En fin, que son los nombrados en el testamento los que han de sentarse, analizar todo y llegar a un acuerdo antes de ir al notario a firmar el cuaderno `particional.
Pero si no hay inmuebles y solo es dinero, la cosa está clara.
Con certificados de los bancos con los saldos al día del fallecimiento van al notario y este asigna a cada cual la parte que le corresponde.
Luego solo han de ir al banco que les dará a cada cual lo suyo.
Bueno, pues un saludo y no olvide finalizar la pregunta.
Hasta otra.