Repartición entre 5 hermanos y usufructo...

Mi padre falleción hace 20 años y aún no se ha repartido la herencia. Mi madre es usufructuaria del piso que tenían en común.
Somos 5 hermanos, y uno de ellos quiere su parte. ¿Puede reclamarla? ¿Tenemos la obligaciónde dársela?
Respuesta
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Una adjudicación de herencia es la plasmación, generalmente en escritura pública, de un acuerdo de voluntades. Por tanto, deberá existir un acuerdo previo entre los herederos para poder proceder a adjudicar. Podrán aceptar o renunciar los herederos en el mismo acto, pero no existe ninguna vía legal para que un heredero pida su parte y posteriormente herede el resto. La adjudicación de herencia es un acto único, que viene a confirmar la voluntad del causante, y exige la concurrencia de voluntades de los herederos, bien aceptando o bien renunciando a su parte respectiva.
Reciba un cordial saludo.
Muchas gracias. Así que no nos puede obligar a los demás hermanos a darle su parte, o a vender el piso, sin que todos nosotros aceptemos que se adjudique la herencia ahora, ¿verdad?

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