¿Cómo se taza un piso de herencia?

Mi novio quiere comprar a sus hermanos la parte del piso que su madre ha dejado de herencia ¿se taza por el valor catastral o por el precio del mercado? ¿Y quién a de tazarlo?

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Pues mire, la respuesta es muy lógica: El propietario quiere vender al mayor precio posible y el comprador comprar al menor precio que pueda conseguir.
La Ley no se mete en estas cosas y actuando con lógica pues deberán sentarse los hermanos y llegar a un acuerdo.
Puede que estén de acuerdo en el precio por investigar el precio de compra-venta de los pisos en esa zona actualmente, o estar de acuerdo en solicitar una tasación de una empresa especializada.
El problema es que aunque soliciten la tasación, deberán estar de antemano comprometidos a aceptar la que salga. Porque a lo mejor, se gastan el dinero y cuando les den la tasación el comprador no quiere admitirla por considerar un precio muy alto, o un vendedor no la admite por considerar que es un precio muy bajo.
Por otro lado, lo de si valor catastral o no... Pues mire al recibo de la contribución.
Los valores catastrales son muy pequeños y no se parecen en nada al real valor del mercado.
Por ejemplo, un piso puede tener valor catastral de 80.000 euros y su valor de venta en el mercado ser de 450.000 fácilmente.
Yo ahora mismo compraba todos los pisos de España a valor catastral. Menudo negocio.
En fin, que se sienten a hablar y que acuerden un precio. Pero son ellos los que tienen la solución en sus manos. Solución amigable y sin gastos, claro, porque si no llegan a un acuerdo por las buenas, uno cualquiera puede demandar a los demás judicialmente (La Ley le da ese derecho) y les va a costar el tema unos milloncitos, y muchos problemas.
En fin, que espero que tengan mucha suerte. Y recuerde, lo mejor, es llevarlo todo por las buenas y actuar con lógica.
Si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.

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