Compartir casa con mi padre

Mi padre tiene una casa a la cual acudo con frecuencia y me he planteado comprarle a mis hermanos su parte y así poder ir haciendo arreglos y en un futuro convertirme yo en propietaria de la casa... Espero haberme explicado bien.
Entonces lo que quiero saber es que tendría que hacer en primer lugar si están todos de acuerdo, tanto administrativamente como jurídicamente.

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Le agradezco me aclare una serie de cuestiones para poder ayudarle un poco mejor:
¿Su padre está vivo?
¿De quién es la casa: es un bien privativo de su padre, compartida por su padre + hermanos? (Sería bueno que me indicase los porcentajes de propiedad de cada uno)
¿Su madre tiene alguna participación en la casa o el usufructo?
¿Además de esta casa, que otros bienes tiene su padre que pueda heredar o que estén compartidos con sus hermanos?
También es importante que me indique la comunidad autónoma de residencia, porque la estrategia puede diferir bastante en función de ésta.
Mi padre es viudo y ´la casa es el único bien que posee, así que la cas será parte de él y la otra parte de mis 2 hermanos y mía, ¿no?. En la casa solo vive mi padre y al estar en un pueblo yo suelo ir a menudo (puestes, vacaciones...) en el mismo pueblo un hermano tiene otra casa, pero otro hermano no y a la casa familiar irá 1 vez al año...
Si necesitas más datos...
Gracias
Con los datos que me facilita, la mejor opciónq que tiene en la actualidad sea que su padre le haga una donación colacionable ahora, en vida, de forma que adquiera la propiedad ya mismo de ese 50% de la nuda propiedad que ahora pose, reservándose para sí el usufructo vitalicio. El 33% restante, ahora propiedad de sus hermanos, se lo podría comprar al valor que oficialmente facilite la administración tributaria de su comunidad.
Lo de colacionable significa que el día que fallezca tendrá que añadir el valor de lo recibido hoy (actulizandolo al tipo interés legal del dinero) a la masa de la herencia, de forma que puede que tenga que compensar en ese momento a sus hermanos por la adjudicación de la herencia.
De todas formas, si me indica la comunidad autónoma de residencia (padre y usted) podría matizarle mucho mejor la respuesta ya que los costes fiscales varían mucho de una comunidad a otra.

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