La nueva mujer hereda bienes del anterior matrimon
Yo vivo actualmente desde hace varios años en una propiedad que pertenece a mis padres. Nunca hice una escritura del inmueble a mi nombre y sucede que mi padre se volvió a casar, ¿entonces quisiera saber si su mujer actual en caso de ocurrirle algo a él heredaría parte de las propiedades que el posee con mi madre?
Me parece entender que sus padres (los dos), viven. Pero que se separaron y ahora su padre se ha vuelto a casar. Bueno, pues imagino que lo que tuvieran, estaría en gananciales. Si esa propiedad donde dice que vive, es de sus padres, de los dos, pues un 50% es de su padre y un 50% de su madre. Si un día su padre fallece hay que distinguir dos posibilidades: Que no haga testamento o que fallezca con testamento. Si no hace testamento, su 50% pasa a sus hijos a repartir a partes iguales (entre los que se encuentra usted), Porque no me dice si tiene hermanos. Pero si es hija única, es todo para usted. Pero-... La ley marca que el usufructo le corresponde a la viuda. Y es el usufructo de un tercio de la herencia. Usufructo no es propiedad. La propiedad sería suya, pero sería "nuda propiedad", porque sobre ella pesaría el usufructo. El usufructo solamente es derecho a goce y disfrute. No es propiedad, por lo que no puede venderlo, ni donarlo, ni hipotecarlo, ni dejarlo en herencia. Y desaparece justo en el mismo momento en el que ella fallezca. Pero mientras tanto, es un derecho que tiene ella a hacerle "la puñeta". Aunque los usufructos son valorables. Y puede en ese día llegar a un acuerdo, y que renuncie al usufructo a cambio de una cantidad. Si no, no hay problema. Puede demandarla judicialmente, el juez le asigna una cantidad, que usted le paga y el usufructo desaparece. Bueno, esto es si no hay testamento. Si su padre hace testamento, puede dejarle a ella EN PROPIEDAD un tercio de su herencia, y además, puede dejarle en usufructo, no ya solo ese tercio, si no además, el USUFRUCTO DE LA TOTALIDAD DE LA HERENCIA. Con lo cual la "puñeta" mencionada antes, tendría dimensiones enormes. Solucionables, mediante el mismo tipo de demanda judicial, desde luego, pero costoso, desagradable, y largo en el tiempo. Pero solucionable. Por otro lado, cuando su padre fallezca, ha de aceptar usted su herencia y pagar los impuestos de sucesiones, escrituras, y tal. Y cuando su madre fallezca, pues lo mismo, aceptar la herencia del 50% de su madre, más impuestos... y tal. Son dos herencias totalmente dioferentes, y distintas, por mucho que coincidan en un mismo bien. No se si tendrá más hermanos, (como antes le he dicho), pero puede ahora insistirles a sus padres, que le donen o que le "vendan" esa propiedad, y pasar a ser dueña- Prácticamente el mismo coste. Ya cuando su padre fallezca, no habrá problema porque la casa ya no será parte de su herencia. En fin, que soluciones hay, pero ya depende de las relaciones familiares y los deseos de cada cual.