Compartir cuenta corriente

De antemano le doy las gracias por su respuesta.
Somos cuatro hermanos, y mi madre con la que vivo, me ha dejado la legitima, la mejora y la libre disposición
Yo estoy en el paro, y tengo de momento autorización de hacer movimientos en su cuenta corriente
Mi pregunta es, si pone la cuenta corriente a nombre de los dos, ¿la mitad del dinero seria mía en caso de fallecimiento?
Y con el resto del dinero, se respetaría el testamento o sea legitma, ¿mejora y libre disposion?
Y para finalizar, ¿podría yo tener problema con hacienda si mi madre pone su cuenta corriente a nombre de las dos en estos momentos?
Le estoy muy agradecida por su respuesta

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Pues como comprenderá, si su madre tiene dinero y pone la cuenta a nombre de las dos, y el 50% va a ser suyo, eso es una donación. ¿No? Porque usted no pone nada.
Pero a efectos prácticos, hacienda ni lo detecta. Osea, que es verdad que es donación y legalmente tendría que pagar un 7% por ese dinero, pero no se preocupe. No pasa nada. Hasta ese extremo no estamos controlados.
Unicamente que al llegar la fecha de la declaración de la renta, el banco les manda el certificado y como usted dice, la mitad es de cada una. Si se hace una imposición o recibe una renta, pues declara su mitad (si es que está obligada a hacer la declaración de la rfenta) y ya está. No pasa nada.
De todas formas, el banco le comunica a hacienda que les ha pagado tantos intereses a dos personas por la cuenta tal... y que les retiene el 18% por IRPF. Y se lo ingresa a Hacienda. Osea, que hacienda lo sabe. Pero no se mete en más cosas. No se preocupe. Lo hace todo el mundo.
Respecto a día del fallecimiento, está en lo cierto: El 50% es de cada uno y usted retira su mitad y la otra mitad es la que entrará en la herencia y de ella le corresponderá su parte (dos tercios más su parte que depende del número de hermanos).
Solo hay un problema en todo esto: Imagino que si se hace ese reparto en el testamento, los otros hermanos no van a estar muy de acuerdo.
Llegado el día, pueden aceptar su parte, según lo que hemos comentado, o pueden reclamar que la totalidad del dinero de la cuenta entre "a colación". Esto quiere decir que se añada todo a la masa hereditaria, ya que usted no ha puesto dinero y todo era de su madre.
Pero la parte que a cada hermano le corresponde es un 8,33% y es muy poco para que alguno reclame.
Pero salvo que fueran millones y millones, no creo que hagan nada. Es un proceso judicial largo, y con lo que les va a corresponder su tanto por ciento es tan pequeño, que no tendrían ni para pagar a los abogados y procuradores. Y menos las costas judiciales. Y encima tendrían que demostrar que usted no ha puesto dinero.
Algo, que ya que se lo he dicho, pueden prepararlo. No tiene más que de vez en cuando, sacar dinero, ingresarlo en su cuenta personal, y de vez en cuando mandar transferencias a la cuenta que con su madre mantiene. Son pruebas de que usted ha ingresado también dinero.
Espero haber contestado plenamente sus dudas.
Si no tiene más que añadir, le ruego finallice la pregunta para que se me quede libre.

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