Herencia, venta o donación.

Brevemente y espero no liarme mucho. Vivimos en Madrid y somos cuatro hermanos, de los cuales uno de ello vive con nuestra madre después de divorciarse. Ha arreglado todos sus papeles, vendido el piso que compartía con su ya ex-mujer y ha recibido unos cuantos buenos millones, pero sigue viviendo con nuestra madre debido a una grave enfermedad que tiene y que puede que en breve termine con su vida o no, ya que depende mucho de como su cuide. Nuestra madre tiene ya bastante edad y habíamos hablado que cuando nuestra madre faltara, él se quedaría con el piso (comprándonos nuestra parte) y todo arreglado, pero lo que no queremos todos, él incluido, es que su único hijo reciba tanto por su parte como por la de nuestra madre ningún tipo de herencia, por tanto lo de la compra por su parte lo descartamos. La cuestión es que con tantas puntillas legales que se pueden sacar de esta situación no sabemos como proceder para que legalmente su hijo no reciba nada de su herencia.
Habíamos pensado en que comprábamos nosotros el piso, y le dejamos tanto a mi madre como a él en usufructo el disfrute del piso, pero no sabemos si podemos comprarle a nuestra madre el piso (en el fondo, es la herencia).
También nos planteamos el que nuestra madre nos hiciera una donación del piso a los tres hermanos y que el no tuvviera parte del piso...
El resumen es que queremos proceder de la mejor manera para que su hijo no reciba ningún tipo de herencia por su parte (piso, dinero...) ni por la de nuestra madre, y si tienen que recibir por ley alguna, que sea la menor posible.
Es pero que me podáis ayudar.

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En principio, de lo que se desprende de su consulta, se ve que los hermanos mantienen una excelente relación. Felicidades. Es la mejor manera de poder encontrar soluiciones.
En este caso está claro que lo que quieren es que ese sobrino no reciba herencia. La fórmula es fácil: Que no haya nada que heredar.
Ustedes mismos ponen las soluciones viables: Compra a su madre del piso con usufructo, o donación con usufructo.
Su madre es la propietaria y por tanto puede vender (o donar) a quien quiera mientras viva. Sin problema y más si encima sus herederos legítimos que son los hijos están de acuerdo. Sólo que en los dos casos se pagan impuestos pero por lo demás es correcto.
No hay problema en que venda a uno, dos, tres... de los hermanos.
Después quedará el tema del dinero. Su hermano tendrá unas cuentas bancarias. Si fallece, a su hijo le corresponderá ese dinero.
Una solución es que su hermano si ve que lo suyo es muy grave y va a peor, les de a Uvds. El dinero. Abren una cuenta en la que él sea autorizado y que mientras viva pueda disponer de su dinero sin problema. Una vez fallezca, su hijo no tendrá ningún derecho al dinero que quede ya que no es de su padre.
Otra es abrir cuentas indistintas. Con sus hermanos. Si son Uvds. Cuatro hermanos, a su fallecimiento ya solo dejaría de herencia su cuarta parte del saldo, pues legalmente una cuarta parte es de cada uno.
Si los otros hermanos están en la cuenta con sus respectivos cónyuges, a su fallecimiento solo le correspondería una séptima parte. Si además cada hermano pone en la cuenta a uno de sus hijos, la parte legal de su hermano sigue disminuyendo...
Si a esto sumamos que haga testamento y deje a su hijo le "estricta legítima" y a otras personas la parte grande, pues su hijo recibrá una parte tan pequeña que no tendrá ni para pipas.
Esto es cuestión de hablarlo y decidirse y tomar una solución cuanto antes. Muchas veces fallecen las personas de improviso y al final hereda aquel al que se quería desheredar.
P.D. No se olviden de valorar y finalizar la pregunta.

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