Hermano sin hijos/derechos hermanos y sobrinos

Acaba de fallecer un tío mio sin descendentes. Su madre viva, cuatro hermanos y 6 sobrinos. Se rige por derecho foral. Bizkaia, barakaldo.
¿Qué derechos tienen la madre, hermanos y sobrinos del fallecido?
¿En el caso de que la herencia este otorgada por testamento a un sobrino solo puede ser impugnado?
Muchas GRacias
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Si no hay testamento, toda su herencia pasa a los llamados por la ley "herederos forzosos". Si no hay hijos ni descendientes, la herencia pasa a los padres y ascendientes. Si el padre murió, todo pasa a la madre.
Hermanos y sobrinos no son herederos forzosos, por lo que nada les corresponde.
Pero si hay testamento, habrá que atenerse a su contenido. A la madre, le corresponde la legítima, (como mínimo). Y el resto es de libre disposición.
Como no hay más herederos forzosos, puede dejarlo a quien quiera: Un amigo, a dos... un vecino... una novia... al del bar de la esquina... o también, claro, puede dejarlo a un hermano... a dos... a un sobrino... a dos...
Osea, que si se lo deja a un sobrino, los demás, no tienen ningún derecho. Y si se lo deja al vecino del quinto, ni hermanos ni sobrinos tienen derecho a nada. No son herederos forzosos.
Y lo que no es legítima, que es de la madre, ya digo que es de libre disposición.
Muchas gracias por su contestación.
Por lo tanto la madre se llevaría la legitima (un 50%) y la otra parte seria a libre disposición para 3 sobrinos y dos hijos de hermanastro fallecido por la conclusión a la que llego.
No cabria la posibilidad de que los hermanos y resto de sobrinos impugnaran el testamento en ningún caso, por el echo de regirse por derecho foral.
Disculpe mi ignorancia.
Muchas Gracias.
A lo mejor no me he explicado bien.
Todo depende de si hay o no testamento.
Si no hay testamento, la madre se lo lleva todo. Nada para el resto de la familia.
Si hay testamento, lo mínimo que a la madre la corresponde es la legítima (repito que es lo mínimo, porque en el testamento puede darle más... o todo). La legítima es el 50%.
El resto sería de libre disposición. Y repito: Como es de libre disposición puede dejarlo como guste. Puede dejarlo a un amigo, y ni hermanos ni sobrinos tendrían derecho a nadsa.
Osea, que si le deja algo a un sobrino, está en su derecho y el resto de la familia no tiene derecho a nada.
Osea, que no es como usted me dice ahora: "(un 50%) y la otra parte sería a libre disposición para 3 sobrinos... etc. ".
El 50% de libre disposición es para quien le de la gana. Insisto en lo mismo: Ni hermanos ni sobrinos tienen ningún derecho, salvo que se lo asigne en el testamento.
Y sea como sea la libre disposición ( aunque sea que se lo deje a los compañeros con los que juega al chinchón, por las tardes), nadie tiene derecho y por tanto nadie puede impugnar el testamento.
No soy un experto en el derecho foral de cada comunidad que lo tenga, pero creo que los derechos en sus fueros, son para padres, hijos, y cónyuge. Resto de la familia, no.
El fuero tiende a respetar las voluntades del fallecido.
Claro que también pueden hacer la consulta a un abogado o experto en el derecho foral vasco, para más seguridad.
Muchas gracias por su ayuda. Esta aclaración me ha servido de mucha ayuda.
¿Podría hacerle otra pregunta?.
Cuando muera la madre, puede desheredar a algún hijo si hace testamento.
¿Por la conclusión a la que llego los hijos deberían recibir la legitima no? ¿Qué correspondería si son 3 hijos y esto es verdad?
La legítima son las dos terceras partes de una herencia. (En el caso de los hijos).
Imagine una tarta. Hacemos tres trozos.
Dos, son la legítima, pero cada uno tiene distinta consideración.
Un tercio, es la llamada legítima estricta, que es a dividir entre los hijos a partes iguales.
El segundo tercio, se llama "de mejora", y sirve para "mejorar", la parte de algún o algunos hijos, respecto a los demás.
Osea, que si el primer tercio es obligatoriamente a dividir en partes iguales a los hijos, el tercio de mejora lo puede repartir como quiera. Pero solo entre los hijos.
El tercer tercio se llama "de libre disposición", y por tanto puede dejarlo a quien guste y como guste. Sea familiar... amigo... una ONG... Es de libre disposición.
Desheredar a un hijo, es imposible, salvo casos muy extremos, y que haya denuncias por agresión y cosas serias, y sentencias judiciales.
Viendo esto.Si mi madre a la que le correspondería la legitima estricta se negara a firmar algún papel podría perjudicar a sus hermanos a la hora de recibir esta estricta...
Un saludo y muchísimas gracias por todo...
Veo que no tiene más consultas.
Ahora debe darle a finalizar, creo que le pide que puntúe la contestación.
Es que solo tengo posibilidad de 20 preguntas abiertas y mientras no finalice esta no puedo contestar a otros.

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