Banco y Herencia

Mi madre falleció dejando los siguientes puntos de herencia
1. Me deja a mi 2/3 de la herencia, el de libre disposición y el de mejora.
2. Declara herederos universales a los hijos de mi hermano (fallecido) y a mi.
No hay casas ni ningún bien material, solo dinero.
El banco ha decidido resolver la herencia (y digo decidido porque ha hecho caso omiso al notario) y ha repartido al 50%, es decir, un 50% para mi y otro 50% para mis sobrinos.
He reclamado al banco (después de haber dado el dinero en metálico a mis sobrinos) y el banco me dice que está bien el reparto.
Quiero denunciar al banco, porque entiendo que se han equivocado y por no rectificar no quieren darme lo que realmente me corresponde.
¿Tengo razones para denunciar? ¿Existe alguna posibilidad de que el banco tenga razón?
Vivo en Madrid.

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Lo mejor que puede hacer es ir al notario y que le explique en condiciones quienes son los herederos según el testamento y en qué proporción cada uno.
Porque está clarísimo por su explicación que no sabe como ha quedado la herencia ni qué es lo que le corresponde.
Todo lo que dice que a usted le deja dos tercios, el de libre disposición y mejora, y que nombra herederos universales a los sobrinos y a usted, es imposible.
Totalmente imposible.
Así que primero ha de enterarse bien de la parte que le corresponda, y luego a reclamar al banco, si es que tiene usted alguna razón.
Un saludo y si no va a añadir nada más, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.
Gracias por su respuesta. Pero lo que he puesto en el correo es lo que el notario redactó y tal cual aparece en la herencia.
¿Por qué indica que es imposible? El notario lo indica tal cual.
Gracias
Las herencias son como una tarta.
Imagine que la parte usted en tres partes iguales.
Dos de esas partes son la legítima, que por Ley ya está adjudicada a los llamados "herederos forzosos". (Artículo 806 del C.Civil).
En este caso, los herederos forzosos son los hijos.
Pero esas dos partes son diferentes entre si.
Un tercio de la tarta, se llama "de legítima estricta". Y es a dividir a partes iguales entre los hijos.
El segundo trozo de la tarta (también de legítima, o sea, que también para los hijos), se llama "tercio de mejora" y la Ley autoriza al testador que reparta este trozo como guste pero solo entre los hijos, claro. O sea, que incluso puede dejárselo entero a uno solo y nada a los demás, o dárselo a dos, y los otros nada... Puede repartirlo"mejorando", pero entre los hijos y a su gusto.
El último trozo de la tarta se llama "tercio de libre disposición" y como su nombre indica, puede disponer de él a su antojo.
Puede dejárselo a un amigo, a un vecino, al del bar de la esquina, al vendedor de la ONCE, a una ONG... A un hijo... A dos.. a todos.. a un nieto.. un sobrino.. a quien quiera. Es de libre disposición.
Es decir, que a usted, si como dice es hijo único, le corresponden efectivamente dos tercios de la herencia, pero son los tercios de legítima estricta y el de mejora.
El de libre disposición es el que puede repartir a otras personas, como a los sobrinos.
Para eso se llama de libre disposición.
Por tanto, eso que dice de que a usted le ha dejado el de libre disposición... Pues entonces, no ha dejado nada a los sobrinos, porque ellos no pueden heredar (por ley), nada de los otros dos tercios.
O sea, que lo que usted dice de que le deja el tercio de libre disposición... Pues no. Porque deja sin posibilidad de herencia a los sobrinos.
Por otro lado, a ver que dice el testamento de verdad, porque pongamos que hay un error por parte del notario.
(O de usted que no ha leído bien), porque los notarios son humanos. Pueden equivocarse, pero ya tenemos el lío.
Porque dos tercios son para usted. Fijos. Lo dice la ley, y nadie puede saltársela.
Esos dos tercios son el de legítima y son el de la estricta y el de mejora.
Y el de libre disposición, es el que puede dejar a otros, pero desde luego usted no dice claramente que reparto hace.
Si ese tercio de libre disposición se lo deja a los tres a partes iguales, o mitad para usted y otra mitad para los sobrinos.. o que.
Y encima dice que a usted le ha dejado ese tercio.
Pues ya no lo entiendo.
Y si lo ha vuelto a mirar en la escritura notarial, y sigue en sus trece de que dice eso... Pues lo entiendo menos. Hay un error fijo.
Y si encima los del banco han repartido el dinero a medias, un 50% para cada parte... pues ya me deja sin palabras. Porque es irregularidad tras irregularidad, y metedura de pata, tras metedura de pata.
Y ya. ¿Qué le voy a decir si esto no hay quien lo entienda?
Hable con el notario, Y dígale que a usted le corresponde la legítima que son los dos primeros tercios, y a ver que pasa con el de libre disposición.
A ver qué dice el testamento.
Porque si como usted dice se lo ha dejado a usted, pues ya los demás no cogen un céntimo. Eso está claro.

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