Como "legalizar" herencia
La situación es la siguiente:
Mi abuelo ha fallecido, con testamento. El caso es que los bienes que poseía los repartió entre los 3 herederos (uno de ellos, yo, ya que mi padre falleció) Hasta ahí, todo claro. El problema es que de todo eso, la mitad sigue siendo de mi abuela, puesto que estaban en régimen de gananciales... Mi pregunta es la siguientes:
Tras pagar el impuesto de sucesiones, teóricamente lo suyo sería modificar las escrituras de todo lo heredado, pero por ejemplo en mi caso, ¿mis bienes tendría que escriturarlos a medias con mi abuela? De ser así, el día que fallezca mi abuela, su parte se dividirá a su vez entre los herederos... Con lo cual, haabrá que volver a escriturar y esa mitad de mi abuela se repartirá de nuevo... Siendo posible que la casa acabe siendo la 1/2 mía, y la otra mitad de los 3 herederos...¿no es así?
Mi pregunta es la siguiente, ¿se pueden dejar las escrituras como están hasta el fallecimiento de mi abuela? En caso de hacerlo así, ¿podré declarar en el IRPF mi parte de esas propiedades aunque no figuren a mi nombre, o tendré problemas en ese sentido? Y además, en caso de dejarlo todo tal cual está hasta el fallecimiento de mi abuela, ¿puede ella vender o repartir de otro modo luego los bienes, al estar todavía a su nombre?
Mi abuelo ha fallecido, con testamento. El caso es que los bienes que poseía los repartió entre los 3 herederos (uno de ellos, yo, ya que mi padre falleció) Hasta ahí, todo claro. El problema es que de todo eso, la mitad sigue siendo de mi abuela, puesto que estaban en régimen de gananciales... Mi pregunta es la siguientes:
Tras pagar el impuesto de sucesiones, teóricamente lo suyo sería modificar las escrituras de todo lo heredado, pero por ejemplo en mi caso, ¿mis bienes tendría que escriturarlos a medias con mi abuela? De ser así, el día que fallezca mi abuela, su parte se dividirá a su vez entre los herederos... Con lo cual, haabrá que volver a escriturar y esa mitad de mi abuela se repartirá de nuevo... Siendo posible que la casa acabe siendo la 1/2 mía, y la otra mitad de los 3 herederos...¿no es así?
Mi pregunta es la siguiente, ¿se pueden dejar las escrituras como están hasta el fallecimiento de mi abuela? En caso de hacerlo así, ¿podré declarar en el IRPF mi parte de esas propiedades aunque no figuren a mi nombre, o tendré problemas en ese sentido? Y además, en caso de dejarlo todo tal cual está hasta el fallecimiento de mi abuela, ¿puede ella vender o repartir de otro modo luego los bienes, al estar todavía a su nombre?
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