¿Cuánto se tarda en cobrar una herencia?

Me gustaría saber el tiempo aproximado que tardaría en cobrar una herencia después de aver entregado ya los dnis de los herederos! Si sirve de ayuda la herencia en de dinero en efectivo no se si en cheque o por transferencia!
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Los trámites burocráticos y tiempos cuanto se tarda en cobrar una herencia depdende del caso... en este artículo estudian el tema en profundidad:

http://cuantotarda.es/cuanto-se-tarda-en-cobrar-una-herencia/ 

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No me dice algunas cosas que son importantes, así que tendré que extenderme un poco para cubrir todas las posibilidades.
Si no hay testamento, hay que hacer primero la declaración de herederos.
Si los pretendidos herederos son hijos, se hace en el notario. No hace falta abogado y son gastos que se ahorra uno.
Si no son hijos, han de hacer la declaración de herederos judicialmente y ya hay más gastos y el tema se alarga en el tiempo.
Si hay testamento, simplemente hay que ir al notario a firmar el cuaderno particional.
Esta es la escritura de aceptación y reparto de la herencia.
Dice que han entregado los DNI, pero no me dice a quien se los han entregado... si al banco... si al notario... si al comtador-repartidor... si a un albacea, si es que está nombrado en el testamento... En fin, mejor le digo lo normal.
Si hay testamento, necesitan:
1º- certificado original de defunción.
2º- Con ese certificado, se solicita en la secretaría del ministerio de justicia de su ciudad el "certificado de últimas voluntades", que dice si hay o no testamento y si lo hay, ante que notario se hizo.
Por supuesto que si hizo varios, el válido es el más reciente.
Los certificados mencionados son imprescindibles. Sin ellos, se encuentra uno todas las puertas cerradas. No se puede hacer nada.
Ahora con los certificados y el testamento, cada heredero puede por si mismo ir a los bancos y pedir certificados de saldos al día del fallecimiento.
De paso, se puede pedir extracto de las cuentas de al menos un año antes.
Este extracto les dará mucha información: Si recibía intereses por tener un plazo fijo... si recibía dividendos por tener acciones... si pagaba un seguro de vida... si aportaba dinero para un plan de pensiones... los recibos que pagaba... en fin, mucha información.
Ya digo que todos y cada uno de los herederos puede solicitarlo.
No hay que fiarse, que en estos casos, a veces se "pierde" una cuenta con dinero.
Hay miles de casos en esta página similares.
El certificado de últimas voluntades hay que pedirlo pasados 15 días hábiles del fallecimiento (sin contar sábados, domingos, ni festivos).
Viene a tardar entre un día y dos semanas.
Tras recabar los informes de los bancos que le he mencionado, (lo que tarden ustedes), se lleva todo al notario, y viene a tardarse una semana máximo.
Luego, hay que pagar los impuestos de sucesiones (un día), que se lleva la escritura que se firme en el notario.
Y ya pueden ir a los bancos a que les den el dinero.
Los bancos no tienen porqué tardar más de una semana en darles el dinero.
Muchos han de mandar la escritura notarial de aceptación de herencia (el cuaderno particional), a su asesoría jurídica, pero no deben tardar más de una semana.
Si son diligentes, en un solo día, está todo listo.
Luego el banco pone inmediatamente el dinero en manos de los harederos, a cada cual lo que le corresponda.
Así que, sumen los días que he dicho, dependiendo de a quien le han entregado los DNI, o de si ya tienen el testamento y los certificacos... etc.
Pues nada, un saludo y que todo sea rápido.
Muchísimas gracias, lo siento por no haberme explicado bien, peo si hemos entregado los dnis a un abogado, y si las ultimas voluntades las tenemos y el testamento también! Me ha servido de gran utilidad ahora contare los días para llegar a la solución!
Pues como les decía, si hay testamento, no necesitan para nada al abogado.
Les va a cobrar una pasta por algo que ustedes pueden hacer con toda facilidad.
Pero bueno, ustedes sabrán.
Porque con las últimas voluntades, y el testamento, van al notario que quieran, le dicen que les prepare la escritura de aceptación de herencia y listo.
Ahora el abogado, redactará una escritura, les cobrará por ella, el notario la revisará y modificará en lo que no esté conforme, y al final, firmarán lo que diga el notario.
No lo que diga el abogado.
Y habrán tenido un gasto innecesario.
Y encima, ya hay que sumar los días que el abogado tarde en redactar ese cuaderno particional, y llevarlo a un notario para que lo revise y de la redacción final.
Bueno, pues como les decía antes, si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta.
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Más de un día y menos de cinco años.

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