No sé si debo volver a pasar por notaría

Mi madre falleció en enero de 2009. Me dejó como heredera universal de todas sus propiedades y a mi padre como usufructuario de las mismas.
Además, dejó a mi padre todo el capital que tenía en el banco.
Transcurrido más de un año, el banco nos notifica que se equivocó y que no pasó a nuestro abogado el dinero de 3 cuentas.
¿Hace falta volver a escriturar o simplemente basta con que mi padre pague el Impuesto de Sucesiones (vivimos en Cataluña) del dinero que falta por declarar?
Nos han comentado que sí hace falta pero el director del banco nos dice que no entiendo por qué motivo, dado que el dinero sólo se lo dejó a mi padre y que bastaría con pagar el impuesto.
PUES He realizado ya esta pregunta a un experto abogado de esta web y me ha comentado que no es necesario. Ahora me gustaría saber la opinión de alguien que ha trabajado en una notaría, puesto que parece ser que el tema no está nada claro (nuestro abogado dice que sí es necesario reescriturar)
Respuesta
Normalmente, cuando esto ocurre es porque los herederos no quieren declarar ese dinero para tener que pagar menos del impuesto de sucesiones. Lo que ocurre es que hacienda es el perro policía más grande del mundo, y si no te ha mandado notificación de que existen cuentas de la herencia de tu madre sin declarar, no tardará mucho.
Lo que se hace es ir a la notaria a hacer una escritura de complemento de otra, o subsanatoria, en la que se dice que se omitió por error incluir esas cuentas.
Esta nueva escritura DEBE acompañar siempre a la escritura de adjudicación de herencia, y deberá presentarse en la comunidad para pagar el impuesto correspondiente, y no sufrir el incremento por demora del fisco.
Eso es aquí en Murcia, pero supongo que esto es igual en todos lados.
Si tienes por ahí el número de teléfono de tu Notaria (donde firmaste la herencia) el oficial que te la hizo puede asesorarte de lo que tienes que hacer, pero ya te he adelantado lo que va a ocurrir.
Suele pasar bastante, y la escritura de subsanacion/complemento apenas vale nada en notaria.
En primer lugar. Nosotros no hemos defraudado a hacienda.
No es hacienda quien ha detectado que faltan cuentas, sino nuestro banco. Se equivocaron al pasar las cuentas a nuestro abogado. Por lo tanto, nuestro deseo no ha sido no declarar todo el capital a hacienda.
El banco detectó el error y nos hizo el cálculo del impuesto de sucesiones que debemos abonar de más y cree que no es necesario volver a escriturar. Sin embargo, un abogado nos dice que sí. De ahí nuestra duda, de a quién hacer caso.
Mi respuesta, como oficial de Notaria, es SI. Se debe complementar/subsanar la escritura de adjudicación de herencia, dociendo que por error se omitió inventariar esos saldos.
Esa escritura de complemento/subsanacion deberá ir siempre junto con la de Herencia (comunidad, registro)

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