Renuncia o aceptación de una herencia
Tengo la siguiente situación:
Antecedentes: Hace 2 años falleció un tío mío. Estaba separado judicialmente y con 3 hijos. Hizo testamento, legando parte legítima a sus hijos y nombró herederos a sus 5 hermanos, uno de ellos es mi padre. Al parecer aunque hay un piso, existen más deudas que bienes. El piso por ser gananciales el 50% es de su ex-mujer y del otro 50% 2/3 (legitima y mejora) lo han legado sus hijos y la 1/3 parte herencia de sus 5 hermanos (esto lo interpreto yo según mis averifuaciones). De los 5 hermanos 2 han fallecido, por lo que su parte imagino pasan a heredar sus descendientes en cada caso.
Bien, el tema es el siguiente: a los 3 meses del fallecimiento, los hijos presentan en hacienda los modelos 661 y 650 por impuesto de sucesiones con una valoración de los bienes y las deudas a partir de un cuaderno particional privado sin firma por parte de ningún hermano heredero. En ese instante indican al resto de los hermanos del fallecido si quieren aprovechar a presentarlo en conjunto, cosa que en ese momento tanto mi padre como sus hermanos no firman nada por motivos personales. Pasa el tiempo y hace 2 meses cada hermano del fallecido recibe de parte de hacienda un requerimiento de presentación del impuesto de sucesiones por haber transcurrido los seis meses de plazo para su presentación ya que según testamento figuran como herederos.
Mi preguntas son:
¿Pueden sancionar por no haber presentado el impuesto en su plazo cuando oficialmente hace solo 2 meses que se tiene conocimiento de una herencia?
¿Es obligatorio dicho pago o presentación del impuesto si se tiene intención de renunciar a la herencia?
En caso de renuncia de uno de los hermanos, ¿su parte se distribuye entre los otros herederos o también a los legatarios?
¿Se puede renunciar a favor de los legatarios?
En definitiva la idea es que la 1/3 parte que el fallecido dejó como herencia a sus hermanos vuelva a manos de sus hijos que están como legatarios.
Antecedentes: Hace 2 años falleció un tío mío. Estaba separado judicialmente y con 3 hijos. Hizo testamento, legando parte legítima a sus hijos y nombró herederos a sus 5 hermanos, uno de ellos es mi padre. Al parecer aunque hay un piso, existen más deudas que bienes. El piso por ser gananciales el 50% es de su ex-mujer y del otro 50% 2/3 (legitima y mejora) lo han legado sus hijos y la 1/3 parte herencia de sus 5 hermanos (esto lo interpreto yo según mis averifuaciones). De los 5 hermanos 2 han fallecido, por lo que su parte imagino pasan a heredar sus descendientes en cada caso.
Bien, el tema es el siguiente: a los 3 meses del fallecimiento, los hijos presentan en hacienda los modelos 661 y 650 por impuesto de sucesiones con una valoración de los bienes y las deudas a partir de un cuaderno particional privado sin firma por parte de ningún hermano heredero. En ese instante indican al resto de los hermanos del fallecido si quieren aprovechar a presentarlo en conjunto, cosa que en ese momento tanto mi padre como sus hermanos no firman nada por motivos personales. Pasa el tiempo y hace 2 meses cada hermano del fallecido recibe de parte de hacienda un requerimiento de presentación del impuesto de sucesiones por haber transcurrido los seis meses de plazo para su presentación ya que según testamento figuran como herederos.
Mi preguntas son:
¿Pueden sancionar por no haber presentado el impuesto en su plazo cuando oficialmente hace solo 2 meses que se tiene conocimiento de una herencia?
¿Es obligatorio dicho pago o presentación del impuesto si se tiene intención de renunciar a la herencia?
En caso de renuncia de uno de los hermanos, ¿su parte se distribuye entre los otros herederos o también a los legatarios?
¿Se puede renunciar a favor de los legatarios?
En definitiva la idea es que la 1/3 parte que el fallecido dejó como herencia a sus hermanos vuelva a manos de sus hijos que están como legatarios.
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