Repartición o disfrute de casa y tierras por turno
Sobre el año 2008 murieron los abuelos. Tenían una casa de huerta en Lorca (Murcia) con la tierra circundante algo menos de 5000 m2 e indivisible con la casa. Dejaron 5 hermanos de los que viven 3 y de los otros dos quedan nietos. Todos ya mayores de edad. En el testamento dejaron el usufructo de la casa a uno de los hijos, soltero, y con problemas mentales pero que en ningún momento ha sido incapacitado legalmente. Con el vive una hermana suya y los hijos de ella todos mayores de edad, incluida alguna pareja de los hijos. Varias son las preguntas:
1.- ¿Se puede dejar el usufructo a uno solo de los hijos de por vida? Sino es así, ¿qué se puede hacer para impugnar el testamento?
2.- ¿Se puede exigir el pago de algún alquiler o de lo que renten las tierras al usufructuario y/o a la otra hermana y sus hijos que viven allí?
3.- En caso de que muera el hermano usufructuario o sin necesidad de que eso ocurra, si los que viven no quieren pagar, vender o llegar a un arreglo, ¿se puede pedir a la justicia que establezca periodos de tiempo de disfrute a los herederos? Es decir, si son 5 hermanos tener cada uno el derecho, por turno, ¿de disfrutar una de cada 5 semanas o algo así?
1.- ¿Se puede dejar el usufructo a uno solo de los hijos de por vida? Sino es así, ¿qué se puede hacer para impugnar el testamento?
2.- ¿Se puede exigir el pago de algún alquiler o de lo que renten las tierras al usufructuario y/o a la otra hermana y sus hijos que viven allí?
3.- En caso de que muera el hermano usufructuario o sin necesidad de que eso ocurra, si los que viven no quieren pagar, vender o llegar a un arreglo, ¿se puede pedir a la justicia que establezca periodos de tiempo de disfrute a los herederos? Es decir, si son 5 hermanos tener cada uno el derecho, por turno, ¿de disfrutar una de cada 5 semanas o algo así?
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