Hola, tengo un problema, mi padre murió en junio de 2009 y la única herencia que dejo han sido sus deudas en total unos 8 o 9000 euros, pero la cuestión es que yo soy hija única y me lo están reclamando a mi.La casa de mi abuela la madre de mi padre la cual vive aun es la única herencia beneficiosa que tendría mi padre que en su caso seria mía la quinta parte de esa casa ya que eran 5 hermanos, pero si ahora mismo yo hago una renuncia de herederos perderé esa quinta parte de la casa cuando mi abuela muera, ¿la casa esta tasada en unos 600000 euros.Que es lo mejor que puedo hacer?
Un saludo y muchas gracias, paula
Pues el tema es muy lioso, pero intentaré ser clarito. Las herencias son un derecho. No son una obligación. Es decir, que se pueden aceptar, pero también se pueden rechazar. Y tanto una cosa como la otra, ha de hacerse ante notario. Así que comprenderá que mientras no se acepte la herencia ante notario, no se es dueño de nada. Hay muchos "flecos" en su pregunta, los analizaremos. Le reclaman como heredera, y lo que puede hacer es renunciar a la herencia de su padre. Porque lo que su padre deja en herencia es lo que tiene al fallecer. Tanto derechos como obligaciones. Luego, el día de mañana su abuela fallecerá. Y originará una herencia. Una herencia que hoy en día no existe. Por lo que al no existir, usted renuncia a lo que existe. Cuando su abuela fallezca, la herencia será para los hijos. Y según marca la Ley, si un hijo ha fallecido, esa herencia pasa a su descendencia. Por tanto, cuando su abuela fallezca, su herencia nacerá y será para sus descendientes "vivos". Porque los fallecidos no pueden heredar, porque no pueden ir al notario a firmar. ¿Me va comprendiendo?. La herencia pasará directamente a usted. Porque su padre ha fallecido. No pasa por su padre. Y lo que usted reciba no podrán reclamárselo. Resumiendo: Como su abuela vive, no existe herencia. Existirá cuando fallezca. Y como no existe, no pasa a su padre. Por tanto al renunciar usted a la herencia de su padre, solo renuncia a lo que posee cuando fallece. Y esa herencia que al día de hoy no existe, no es ningún derecho de su padre. Esa herencia pasará luego a usted directamente. O sea, que no hay problema. No se si me habré explicado con suficiente claridad. Así, que antes que "nazca" esa herencia, (que hoy no existe), va usted a un notario, renuncia a la herencia de su padre... Y a los que le reclamen, les manda copia de la renuncia y en paz. Ya no la molestarán más. Porque está en su derecho a renunciar a la herencia. Bueno, pues mi mensaje es que TRANQUILA.