Duda extinción de pro indiviso
Quería plantearos nuestro caso:
Somos tres hermanos que tras el fallecimiento de nuestro padre, en situación de viudad,
estamos tramitando la repartición de la herencia y tenemos una situación particular
que os paso a detallar.
Uno de los hermanos recibió, para la compra de un piso, una cantidad
de los otros dos hermanos a cambio de que renunciara al tercio que le correspondía de la
vivienda habitual de la familia y al tercio que le correspondería de la mitad de nuestro padre,
la vivienda fue adquirida por nuestro padre estando viudo y repartida en dos mitades una para
el y un tercio de la otra mitad para cada hermano. Sobre esta cantidad recibida por uno
de los hermanos no hay ningún documento oficial.
A la hora de realizar la repartición de la herencia le hemos explicado esta situación al notario y nos
ha recomendado que hagamos una repartición de la herencia a partes iguales según testamento y después
una extinción pro indiviso de la vivienda en dicha situación.
La duda que se me plantea es que tipo tributación tenemos que realizar sobre dicha vivienda, una
extensión pro indiviso al 1% sobre la mitad hererada según nos ha indicado el notario o una transmisión
patrimonial al 7% del importe del bien por cada titular de la vivienda como nos han indicado
en la CAM.
Somos tres hermanos que tras el fallecimiento de nuestro padre, en situación de viudad,
estamos tramitando la repartición de la herencia y tenemos una situación particular
que os paso a detallar.
Uno de los hermanos recibió, para la compra de un piso, una cantidad
de los otros dos hermanos a cambio de que renunciara al tercio que le correspondía de la
vivienda habitual de la familia y al tercio que le correspondería de la mitad de nuestro padre,
la vivienda fue adquirida por nuestro padre estando viudo y repartida en dos mitades una para
el y un tercio de la otra mitad para cada hermano. Sobre esta cantidad recibida por uno
de los hermanos no hay ningún documento oficial.
A la hora de realizar la repartición de la herencia le hemos explicado esta situación al notario y nos
ha recomendado que hagamos una repartición de la herencia a partes iguales según testamento y después
una extinción pro indiviso de la vivienda en dicha situación.
La duda que se me plantea es que tipo tributación tenemos que realizar sobre dicha vivienda, una
extensión pro indiviso al 1% sobre la mitad hererada según nos ha indicado el notario o una transmisión
patrimonial al 7% del importe del bien por cada titular de la vivienda como nos han indicado
en la CAM.
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Respuesta de jaiter
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