Valoración de legítima

Hola a todos:
En una herencia que consta de:
Piso: ¿Valor compra 300.000? + IVA ; Valor tasación actual: 250.000? +IVA . Comprado al 50%
         ¿Hipoteca pendiente 200.000?
Dinero en cuentas: ¿20.000? (Cuenta compartida entre el causante y otra persona)
¿Cuánto sería la legítima? Mi problema es que no se si la hipoteca se tiene en cuenta, ya que de tomarse, el valor de la legítima sería poco, y el valor del usufructo podría ser mayor (a no ser, que la hipoteca también se tuviera en cuenta en el usufructo, ya que la otra persona seguiría pagándola...
Muchas gracias y un saludo

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Para el cálculo de la legítima tendría que saber si es hijo, esposo/a, padre/madre del difunto/a; en definitiva, cual es el vínculo con el fallecido. Y saber con quien concurre a la herencia, en definitiva, si concurre padre con hijo, etc
Saber que dice exactamente que dice el testamento; en derecho civil común existe legítima estricta o amplia, por ejemplo.
Y por último, y no menos importante, cual es la comunidad en la que vivía el fallecido.
Es una hipótesis en el caso de que el fallecido fuera yo.
No hay hijos, sólo padres. Hay pareja, no cónyuge.
El objetivo final es saber cuanto es la legítima, ya que querría testar beneficiando al máximo a mi pareja: dejar el usufructo y todo el porcentaje posible de propiedad, respetando las legítimas.
Gracias
Me falta que me diga la comunidad en la que vive.
La Comunidad es Madrid.
Gracias
Si no está casado, la legítima de sus padres es la mitad de su herencia, de manera que a su pareja le puede dejar la otra mitad.
Si fallece estando casado, la legítima de sus padres es un tercio, y a su esposa le puede dejar los dos tercios restantes.
Esos mismos porcentajes les correspondería a sus padres y a su pareja/esposa sobre los bienes (piso y cuentas) y sobre las deudas. No obstante, ese sería el punto de salida; tenemos el punto de llegada, que puede hacer dando deuda y bienes en ese mismo porcentaje, o que sus herederos pacten que uno se quede sus bienes con la deuda, compensando a la otra parte con lo que esta no recibe.
Mi recomendación es que haga testamento, pues su pareja ahora mismo no tiene derecho a nada; hay jueces que si les ha reconocido ese derecho de legítima a las parejas de hecho; pero para que litigar si se puede solucionar con un testamento.
Y si no piensa casarse, le recomiendo que se inscriba como pareja de hecho en el registro que hay en la comunidad de Madrid, pues están equiparados a los cónyuges a efectos de liquidación de impuesto de sucesiones.

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