Herencia ya ejecutada

Herencia: ¿Si se ha ejecutado una herencia y en el futuro surge una nueva propiedad que no se conocía cuando se ejecutó dicha herencia, como debe procederse?

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Al decir que esta herencia está ejecutada supongo que querrá decir que ya se hicieron nuevas escrituras de adjudicación y se llevó al Registro de la Propiedad.
Ahora si aparecen nuevos bienes deberen hacer, en su caso (si son más de un heredero) otra escritura de "adición de herencia" para poder inscribir los bienes a su nombre. Deberán, además, hacer una nueva liquidación del Impuesto de Sucesiones, si bien, en caso de que hayan pasado más de 4 años y medio desde el fallecimiento, habrá prescrito el impuesto.
Espero que esto le oriente, en todo caso puede ver información clara en la web www.aherencias.es
Muchísimas gracias. Sí, se adjudicaron las propiedades y se llevaron al registro, efectivamente. Una pequeña aclaración: Si en esta adjudicación hubo cierta parte de los herederos que renunciaron a los bienes, ¿implica qué deben renunciar también a los nuevos bienes aparecidos o es totalmente independiente?
Al decir que renunciaron a los bienes no sé si quiere decir que "renunciaron pura y simplemente a la herencia". De ser así, que es lo más frecuente, los que renunciaron no tendrán derecho a los bienes que aparezcan en el futuro pues no se puede renunciar a una herencia en parte. De todas formas habría que ver los términos exactos en que está hecha la renuncia.

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