Herederos 4 hijos, 3 en contra de 1

Mi abuela murió en octubre ella era viuda.
Dejo a sus 4 hijos herederos de todo a partes iguales, hay dos casas y dinero, el dinero ya se repartió, el problema viene por las casas.
Mi padre no quiere nada en común con sus 3 hermanos.
Él ha dado la opción de que les compra sus partes de las dos casas, o que él les vende su parte de las dos casas, o bien, que vendan las dos casas a otra persona de fuera.
Ellos se niegan a comprar, vender, se niegan a todo.
Además, uno de los hermanos, vive en uno de los pisos y tiene una buena economía y mi abuela antes de morir le hizo un contrato, el objeto del contrato de alquiler es que este tío estaba recién separado, tramitando todos los papeles de divorcio, necesitaba un lugar donde vivir, pero sobre todo quería el contrato para justificar que tenía ese gasto y así en el divorcio no pasar tanto dinero a la mujer e hijos, además mis otros 3 tíos le han dicho que ellos le dejan que se quede en el piso todo lo que quiera.
Mi padre no quiere nada en común, quiere su parte de todo, los otros se niegan a comprar a vender, se niegan a todo, además ya le han dicho a mi padre que la ley les ampara a ellos 3.
Otra cosa, ellos quieren hacer obras, mi padre por su puesto, si no quiere nada en común con ellos les ha dicho que menos aún va a ponerse a hacer obras.
¿Qué puede hacer mi padre?

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Su padre tiene una parte de unos bienes, 1/4 , por tanto obligar a que se lo compren o comprarlo el ... es difícil puesto que cada uno puede hacer lo que quiera .
Si no le interesa esa herencia puede renunciar a ella . esa es una opción .
Otra opción es que lo denuncia judicialmente y gastando en abogados obligue un juez si le da la razón a repartir los bienes en beneficio de alguno.
En cuanto al contrato de alquiler en el momento de fallecer ya no es válido y por tanto tiene su tío que establecer otro contrato con las otras 3 personas .
El tema de las obras al tener el solo 1/4 de opinión, si los otros tres quieren gastar un dinero en las viviendas le arrastran a el obligatoriamente desde el momento que acepta la herencia .
Le pueden obligar a hacer obra, ¿a pagarlas?
¿Cómo puede reclamar su parte, obligar a los otros herederos?
Se que es difícil de valorar, pero, en caso de ir a juicio, ¿de cuánto dinero podríamos estar hablando? y, ¿De cuánto tiempo?
En estos casos, todos los gastos de juicio,¿los pagaría en este caso mi padre que es el que pondría la denuncia o pagarían entre los 4?.
Y sobre ir a juicio, en estos casos, normalmente, ¿qué resuelven los jueces? Quiero decir, si siempre que hay casos así, unos herederos no compran ni venden, y otro no quiere tener nada en común con ellos(mi padre), es decir, este heredero dice que compra sus partes o les vende la suya, los jueces siempre resuelven a favor de la parte que no quiere tener nada en común y siempre dicta sentencia de subasta o puede resolver otra cosa.
Sobre renovar el contrato de alquiler, si mi padre no quiere hacerle otro contrato, ¿puede negarse?
Si mi tío sigue viviendo en la casa con o sin contrato, todos los gastos de impuestos de la casa, ibi, derramas que haya que hacer para la comunidad, etc, ¿eso quién tiene que pagarlo? ¿Todos o se tiene que hacer cargo el que vive ahí?
Sobre hacer obras, mi abuela también dejo dinero, se ha repartido todo, excepto 18.000 euros que han dejado para hacer las obras, yo pienso que eso no se puede hacer, creo que lo suyo es repartir todo el dinero y luego que cada uno ponga de su dinero lo que haga falta para hacer la obra, pero no estoy seguro si eso es así.
Por último, que puedo hacer para negarme hacer obras, sobre las obras también otra pregunta, no se si hay que distinguir entre obras que sean porque haya una gotera, haya grietas en la casa... o si son obras para comodidades, es decir hacer una obra de un baño, una cocina... es que pienso que hacer obras de mantenimiento quizás pues si me puedan obligar, pero si yo no quiero cambiar la cocina, b año ... porque me tienen que obligar y más cuando están en buen estado.
Gracias
El coste de un juicio es variable pero estaríamos hablando de 0euros hasta 1/3 del total de los bienes que puedan estar valorando a repartir dependiendo de las instancias y lo que les quieran cobrar los abogados...
Los costes los pagan quien determine el juez, tampoco eso es una ley exacta, hay veces que lo paga todo uno, si lo pierde, otras veces pierde pero las costas es entre todos, otras veces gana y las costas a repartir y otras gana y sin costas ...
Normalmente dan la razón a las otras partes, es decir usted tiene la opción de heredar el 25% de unos bienes . es como si yo heredo unas acciones de una empresa grande y les digo a los de la empresa ... separeme el 7% de fabrica que me corresponde, no es así . y por tanto normalmente lo que se hace es que obligan a no tener nadie el dominio y establecer unas ordenes de actuación, es decir, que si se establece que las decisiones son estando de acuerdo los 4, es esa la decisión, y si es solo 3, también es esa la decisión . rara vez les "obliga" a repartirlo, puesto que a usted tampoco le pueden obligar comprar el otro 75% de los bienes y quedárselo todo usted dándoles dinero a ellos a cambio ...
En cuanto a negarse a hacer otro contrato, si son 4 y 1 dice que no, e n principio no es suficiente, puesto que hay mayoría, pero en juicio podría ser que si, si establecen que hace falta los 4 unánimes.
Los gastos de los bienes los tiene que pagar los dueños, es decir a 25% cada uno
En cuanto a repartir el dinero digo lo mismo, la decisión de repartir todo menos 18.000 si esta decidido por 3 ... es más que suficiente .
En cuanto a lo de si hay obras más o menos importantes vuelvo con lo mismo si con 3 opinan que si ...

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