Hicieron la escritura de la casa de mis abuelos, quedando una parte para mi padre, la parte de mi tío al fallecer, se puso con los nombres de sus cinco hijos siendo usufructuaria la madre y la otra parte al fallecer mi tía, se puso a nombre de su hija. Ahora la casa esta deteriorada y mi padre propone arreglar el tejado para que no se caiga, ya que un lateral de la casa esta rajado. Se pide al arquitecto el proyecto, y cuando lo hace y se le paga, se paga el permiso de obra al ayuntamiento, se le comunica a las otras partes( SOBRINOS DE MI PADRE) y dicen que no pagan, que si se cae la casa que se caiga, mi pregunta es, ¿en estos casos no se puede hacer nada? ¿Qué hacemos dejamos que se caiga la casa? ¿Tiene mi padre algún derecho?
Ante todo: Buenas noches: Pues si. Claro que su padre tiene derechos. Pero exactamente los mismos derechos que tienen los otros copropietarios (o coherederos, como quiera llamarlos). Y los otros copropietarios, tienen derecho a que no se cambie ni una teja sin su permiso. Para cualquier cosa, han de autorizarlo todos con sus firmas. Osea, que los derechos de su padre, terminan donde comienzan los derechos de los demás. Imagino que hace muchísimos años que están en pro indiviso. Mi mejor consejo es que procure eliminar el pro indiviso cuanto antes. Que hace años que deberían de haberlo hecho. Buenas noches y no olvide finalizar la pregunta para que se me quede libre.
Buenas tardes. Gracias por tu contestación, pero me gustaría que me aclararas como eliminar el pro indiviso, no lo entiendo, que partimos la casa en 3 partes. Gracias por resolver mis dudas. Un saludo
Y de nada, que para eso estamos. Pues eliminar el pro indiviso es muy difícil. Pro indiviso es que una propiedad sea de varias personas a un tanto por ciento cada una. Osea, que todos, por muy pequeña que sea su parte, tienen un gran poder. Para cualquier cosa hace falta la firma de todos. Aquí no se va con número de votos, ni suma de mayoría en tantos por cientos. Hay una forma de eliminarlo, que es facilísima, pero como siempre hay un capullo que da la nota discordante, pues se convierte en algo de muy difícil solución. Es juntarse todos, valorarlo, y que si uno se lo quiere quedar, que les compre su parte a los demás. O fijando el precio, venderlo a un extraño y repartir el dinero. ¿Verdad qué es fácil? ... Pues no. El que compra quiere que la valoración sea la más baja, ya que va a pagar, y el que vende quiere que el precio sea el más alto, ya que va a cobrar. ¿La otra forma de eliminar el pro indiviso? Pues una malísima solución. Código Civil. Artículo 1051:"Ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia". Artículo 1052: "Todo coheredero que tenga la libre administración y disposición de sus bienes, podrá pedir en cualquier tiempo la división de la herencia". Osea, que uno cualquiera, por mucho que todos los demás no quieran, puede pedir la división de la herencia. Lo malo es que un piso no se puede dividir entre siete. Así que hay que llegar a un acuerdo. Y si no se llega, a demandar a los otros. Y como no hay forma de llegar a un acuerdo en privado, menos se va a llegar en un juicio. (Donde además, no te dejan ni hablar. Los jueces no están para presenciar discusiones, tiras y aflojas... regateos... etc). Así que el juez, ordena la venta en pública subasta del bien, y lo que se saque lo reparte entre los herederos, según su tanto por ciento. Pero si quieres, podemos seguir viendo el C-C. Artículo 1062:" cuando una cosa sea indivisible, o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero". (Es el caso clásico de un piso o una finca). Osea, lo que decía antes de llegar a un acuerdo en el precio. Cosa bastante difícil. Así que aplicamos la segunda parte del mencionado artículo: "Pero bastará con que uno solo pida la venta en pública subasta con admisión de licitadores extraños, para que así se haga". Osea, que si uno solo pide que se venda en subasta pública, la subasta ha de hacerse. Por supuesto, que tu padre, tiene mucha fuerza en esa subasta. En ella pueden acudir y pujar los interesados. Y aparte de un par de añitos, a cada uno les cuesta mucho dinero. Mucho. Aparte de que jamás en una subasta (y menos en estos tiempos), se consigue apenas un 60% del valor real de la casa. Y por eso digo que tu padre tiene mucho poder en una subasta. Porque va solo y solo tiene que comprar la parte de los demás. Y los demás, casi seguro que no quieren pujar, y podría ser que se lo llevara a bajo precio. Osea, que les pagaría a los demás su parte, mediante la adjudicación de la subasta. Saldría medio bien, pagaría poco, pero con los gastos que tendría, (que son muchos), se compensaría. Osea, que al final, le costaría el tema lo mismo que si se juntan y les compra la finca por un precio lógico. ¿Los demás? Pues si se avienen a razones, cogen una cantidad "apropiada". Si se niegan y llega la cosa a subasta, cogen un 60% de lo que iban a conseguir, y encima, tienen que pagar a sus abogados, los procuradores, los peritos judiciales, los tasadores, y las costas judiciales (sus partes, claro), con lo que tienen suerte si sacan un 30% de lo que sacarían sentándose a negociar. Y como se descuiden, les cuesta el dinero. No se si me habré explicado bien. O se avienen a negociar, o a demanda judicial. Gracia.s