Soy heredera de la tercera parte de una casa que está en un pueblo próximo a Cáceres capital, la cuestión es que con los otros 2 herederos (mis hermanos), no llegamos a ningún acuerdo de qué hacer con ella, ni quieren vender, ni quieren comprar. La casa no está para habitar, pero me temo que dentro de poco vamos a empezar a tener gastos de mantenimiento de la misma, con lo cual para evitar esos posible gastos, quiero donar mi parte a la Iglesia, pero no quiero que me genere algún gasto, puesto que la regalo.
¿Puedo donar la tercera parte de una vivienda? ¿Qué pasos he de hacer para tramitar la donación?
Necesito saber si ha habido aceptación de la herencia y cuaderno particional o la herencia está yacente.
La herencia ha sido aceptada, los tres hermanos somos copropietarios.
1.-Tiene que ponerse primero en contacto con el responsable del organismo correspondiente quien estimará y consultará con su superior inmediato las condiciones de la posible donación. El responsable puede rehusar la donación si se ponen unas condiciones no aceptables para el organismo receptor. Diócesis de Coria-Cáceres C/ General Ezponda, 14 10003 Cáceres 927 627 338 Diócesis de Plasencia Plaza de la Catedral s/n 10600 PLASENCIA 927 411 612 2.-Normalmente las donaciones sin condiciones a la Iglesia tienen que tener estas características: - Donación voluntaria por parte del donante. - La entrega de la donación al organismo se realizará siempre mediante escritura privada o pública donde se indiquen con claridad las condiciones de la misma, a saber: . Donación voluntaria por parte del donante con referencia explícita al organismo al que efectúa la donación. . Descripción del objeto donado. . Aceptación por parte del organismo eclesial. . Señalar el importe total de la donación en euros así como procedencia, en este caso de herencia . Especificar si existe algún tipo de condición aceptada por las partes. . Renuncia explícita a cualquier tipo de derecho pasado, presente o futuro tanto para el donante como para sus legítimos herederos. 3.-El compromiso del donante, si no se han estipulado condiciones, se reflejará en la escritura de donación con las siguientes características: . Que el donante sea el legítimo propietario del objeto donado. . Que sea una donación única, plena, total e irrevocable. . No haber puesto el donante ninguna condición ni de pasado, ni de presente ni de futuro. . Renuncia expresa de cualquier tipo de derecho derivado de pasado, presente o futuro. También renunciará explícitamente a cualquier tipo de derecho, acción, tutela o interés derivado sobre el objeto donado. . Renuncia explícita a algún derecho pasado, presente o futuro del bien donado tanto del donante como sus legítimos herederos. 4.- Se firmará la escritura por las partes interesadas y dos testigos. Si hay que firmar una escritura ante notario, conviene que antes de firmar, señale que cualquier tipo de gasto que se pueda originar, corre por parte del adquirente, es decir, la Iglesia. Ruego cerrar pregunta y valoración