Soy hija no reconocida, mi padre murió en el 2004 , ¿Tengo derecho a mi parte de herencia?

Mi caso es que soy hija no reconocida, mi padre biológico murió en el 2004 sin dejar testamento, dejando 2 hijos de 2 mujeres diferentes, y con las 2 casado. Ya se repartieron la herencia material para ellas y cada hijo respectivo(2), el coche y alguna cosa más sin contar conmigo y sabiendo que soy hija también. En tema de terrenos y casas no pueden porque está mi abuela en vida y está a nombre de mi difunto abuelo, y hasta que se muera no pueden repartir. Yo nací en el 79 y en el 85 el hombre que se casó con mi madre me reconoció como hija y me dio su apellido. ¿Puedo reclamar mi parte de la herencia? ¿Aunque esté reconocida por otro hombre? Mi abuela si me reconoce, pero sus hijos (mis tíos) le han quitado en DNI y ella no se puede mover de la cama además que dicen que tiene alzheimer.

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Si tu padre esta muerto, se puede realizar a prueba con los tíos paternos que estén vivos, esta prueba para hacerla valer ante el Juez debe tener una probabilidad del 99.99%, la debes realizar en un laboratorio con estándares reconocidos

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Primeramente tendrá que instar un procedimiento judicial, largo y costoso de reconocimiento de paternidad, aunque su padre falleciese en 2004.

Para ello, deberá aportar con la demanda, pruebas suficientes de que su madre tuvo relación con su padre biológico, tales como cartas, fotografías, contratos de alquiler de vivienda, etc. ya que en caso contrario, el Juez inadmitirá la demanda directamente.

Las pruebas pasan por la exhumación del cadáver -si no fue incinerado- y realizar unas extracciones de muestras para pruebas de ADN que realizan laboratorios ya especializados, que posteriormente serán cruzadas con las que ese le extraigan a usted. Como le señalaba es un asunto complejo y muy lento, porque como puede imaginar, autorizar la apertura de una tumba para realizar las pruebas, es algo no cotidiano y que el juez ha de tener en su mesa todas pruebas donde no le quepa ningún género de dudas sobre lo que va a autorizar.

Si no existen dichas pruebas o fue incinerado, olvídese del reconocimiento como hija y de la herencia como heredera.

Tendrá que contratar los servicios de un Abogado.

Ruego cierre y valore

Muchas gracias por su aclaración.

Pruebas tendría muchísimos testigos, que en la partida de nacimiento del registro civil consta su nombre (sin apellidos) y fotos con mis tíos de pequeña y ahora de mayor, ya que mi madre rompió todas las fotos con mi padre. Pero el echo que esté reconocida desde hace 27 años por otro hombre y con su apellido, según he leído, pierdo mis derechos y no puedo impugnar la filiación porque ha prescrito...o en este caso, si??

Gracias y feliz fin de semana:)

Los testigos para la admisión de la demanda, no sirven. Lo que habría servido son las fotografías de sus padres juntos, no de usted con sus tíos. El que conste el nombre de su padre sin apellidos, no es elemento probatorio ya que con ese habrá millones de españoles y lo que identifica a una persona son sus apellidos.

No cita donde lee usted que la filiación prescribe, pero le aconsejo que cuando lo haga sea sobre documentos oficiales o en lugares de una cierta seriedad, porque no se puede prestar atención a lo que el primero que llegue se le ocurra. El Derecho se interpreta por quien ha adquirido unos conocimientos previos en una Universidad, y aun así, también nos confundimos a veces.

El párrafo primero del art. 133 del Código Civil, establece que "la acción de reclamación de filiación no matrimonial, cuando falte la respectiva posesión de estado, corresponde al hijo durante toda su vida".

Si no puede aportar los elementos que le he indicado en mi primera respuesta, no será admitida a trámite la demanda judicial.

Ruego cierre y valore

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No es sencillo el asunto puesto que se debe tener en cuenta que otra persona ha reconocido su paternidad con lo que usted sería heredera de esa persona produciéndose una vinculación de su supuesto padre biológico. Por hacer un paralelismo es como si a un donante de semen a la muerte de éste, los hijos nacidos de su esperma le reclamasen la herencia. Si no la hubiese reconocido su padre actual tendría más defensa el asunto.

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Yo tengo la misma duda mi padre falleció hace 3 años el tenia la ciudadanía americana y vivió mas de 20 años en ese país, yo tengo una prueba de ADN que confirma que soy hija de el, la prueba fue realizada cuando fui de visita a ese país, no tengo el apellido de el, solo tengo el apellido de mi madre, soy colombiana y no tengo visa, ni residencia, el dejo unos hijos y su esposa. ¿Tengo derecho ala herencia?

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