¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una herencia?

Mi abuela falleció hace 3 años y ahora me enterado que lo que tuviera se lo quedaron solo uno de sus hijos. Ni a mi padre, que es su hijo, ni ami como nieto nos han dicho nada. ¿Cómo puedo reclamarlo?, ¿Puedo hacerlo yo o tiene que ser mi padre?.

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Los derechos de petición de herencia en el caso de su abuela no están prescritos, por lo que aún puede su padre reclamar lo que por derecho le corresponde de la herencia de su madre.

La legislación española obliga a que para la adjudicación de los bienes hereditarios están presentes todos los herederos, por lo que no es posible, de manera legal, que su tío haya podido adjudicarse los bienes por título de herencia de su abuela.

Le invito a visitar nuestra página web donde encontrará un formulario de consulta en el que nos puede hacer llegar documentación o ampliar un poco más la información que nos ha facilitado. Esta consulta no conlleva ningún gasto y nuestro despacho se compromete a enviarle un estudio de viabilidad jurídica y económica sobre las opciones que ostenta para que su padre pueda reclamar la herencia.

http://www.pfasociados.es/es/consultenos

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