Impuesto de sucesiones

Hola, resulta que estoy en tramites de una herencia, y aquí en Canarias Sucesiones y donaciones hasta ahora este impuesto estaba casi exento (1%), pero acaban de aprobar volver a ponerlo.

Mi duda es la siguiente, mi padre murió el 02 de marzo y estamos esperando a la notaria y a los certificados bancarios para poder hacer todo el papeleo, cuando vaya a liquidar el impuesto lo haré al 1% o me cogerá el cambio de tipo?

si me fuera a afectar el cambio, yo puedo ir haciendo por partes pagos del modelo, me explico, ya tengo 1 de los certificados bancarios, puedo liquidarlo independientemente del resto (otros bancos y propiedades)?

gracias.

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Las normas tributarias no tienen efectos retroactivos, por lo que como usted aunque ha empezado a realizar todos los trámites, no ha llevado a cabo el abono del ISYD, tendrá que aplicar la norma que exista en ese momento.

En la Disposición Transitoria de dicha norma -como cosa normal- establecerá a partir de qué fecha entra en vigor la misma.

El ISYD hay que abonarlo de forma unitaria por asi imponerlo la norma.

Ruego cierre y valore

perdon, pero no acabo de entenderlo, por un lado me dice que la norma no tiene efectos retroactivos, y por otro que como no he pagado todabía, tendre que aplicar la norma que exista en el momento de ir a pagar?

gracias.

Los efectos de la norma, son desde el momento que usted presenta el documento, ya que no existe constancia que lo hiciera con anterioridad para poder aplicarle la normativa antigua.

Ruego cierre y valore

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