¿Existe un límite de tiempo legal en el que un albacea deba presentar una herencia?

Mi padre falleció hace pocos meses. En su testamento, me nombró heredera universal (soy hija única, mi padre divorciado). También designó a un albacea, al cual, mediante una de las cláusulas del testamento le otorgaba hasta 2 años para realizar todos los trámites necesarios para conformar la herencia. Así pues, en estos momentos la herencia está yacente. El problema es que, por desgracia, mi padre dejó deudas, avales y hasta un pago pendiente importante para finalizar la compra de su vivienda (debía hacerse mediante acta notarial y ésta venció poco después de su muerte). En estos momentos los acreedores de mi padre ya se han puesto en contacto conmigo para buscar responsables de las deudas. He contactado inmediatamente con el albacea, ya que él es por el momento responsable y administrador de los bienes, y parece ser que aún no ha realizado ningún papeleo y no da la impresión de "darse mucha prisa".
Me gustaría poder hacer algo o aportar algo para solucionar esta situación ya que cuánto más tiempo pase, las deudas, los intereses y los conflictos irán creciendo, sin embargo me veo atada de manos ya que mi albacea es el único que puede tener acceso a las cuentas para conocer la verdadera envergadura de la situación.
Dada la situación y sabiendo que, además, Hacienda da un máximo de seis meses de plazo para aceptar una herencia, ¿podría considerarse la cláusula de los dos años como nula de alguna forma? Y si no es así y el albacea realmente tarda dos años en presentar la herencia ¿puede vender mientras tanto los bienes de mi padre para sufragar las deudas acumuladas, dado que él es ahora el administrador? ¿No hay ninguna forma de "apremiar" al albacea para no acumular más deudas con Hacienda por ejemplo (según el tiempo y el estado de la situación me veré obligada a renunciar a la herencia)?

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Existe jurisprudencia en virtud de la cual, si existe unanimidad de los herederos, y en su caso se da, al ser heredera única, puede partir la herencia como tenga conveniente.

Al ser heredera única puede hacer manifestación de herencia, si bien, le aconsejo que estudie la situación patrimonial al objteo de aceptar a beneficio de inventario, si fuere conveniente o renunciar.

Muchas gracias por contestar. Sin embargo, ahora mismo me asaltan aún más dudas... Mis 3 preguntas iniciales trataban sobre la actuación del albacea testamentario, en el que es mi caso. ¿Quiere usted decir que puedo hacer una manifestación de herencia aún habiéndose designado en el testamento un albacea? ¿Qué sentido entonces tendría el que mi padre hubiera designado uno, si por ley puedo hacer yo misma la partición prescindiendo de sus servicios?

Por lo que tenía entendido, yo no puedo hacer ningún "movimiento legal" hasta que el albacea me presente la herencia y yo decida si repudiarla o aceptarla. ¿Estoy en lo correcto o no?

No pretendo con mis respuestas generarle mayor confusión, sino todo lo contrario. Desconozco el motivo por el que su padre designo albacea, probablemente el testamento incluye también otras figuras, pero como no se el contenido no puedo concretarlo, como tapmoco que facultades especifica le atribuye.

Como puede observar, es un tema complicado que sin ver dicho testametno se complica mas. Le aconsejo que si tiene dudas con el albacea, contrate un abogado.

No se si conoce lo que es una manifestación de herencia, es un supuetso especifico que para su caso concreto le sería mas que recomendable.

Finalmente ademas de aceptar o renunciar la herencia, existe una figura intermedia, que quizás conozca, aceptar a beneficio de inventario, esta ultima tiene unos plazos.

Fin de pregunta.

Muchas gracias por su respuesta. Me he puesto en manos de un abogado para asesorarme, puesto que la situación está complicada. No es que tenga nada en contra del albacea, que no es otro que el propio abogado de mi padre. Lo único que necesitaba saber es si se podía agilizar el proceso que éste debe llevar a cabo. Una vez se presente la herencia, entonces valoraré si si aceptarla o no y de qué forma.

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