Corrupción
Mi pregunta es si puede una notaria que ha sido requerida por un legatario, soy heredera única, para que ejerza de albacea-contador-partidor disolver la sociedad de gananciales, repartir patrimonio privativo como ganancial sacar de la cuenta privativa dinero, la mitad para la viuda legataria de usufructo en concepto de gananciales, ¿30000e para sus honorarios y el resto para impuestos y protocolizar el cuaderno particional que es un despropósito sin mi conocimiento y mucho menos mi aprobación? Ha dejado la cuenta sin dinero y no ha inventariado otras, ¿y si no acepto la herencia? ¿O si quiero aceptarla a beneficio de inventario? Yo pensaba que lo escrito se lee, y que era yo quien debía ir al notario y firmar y resulta que se lo han llevado casi todo la viuda y ella. ¿Qué puedo hacer para recuperar lo desaparecido? ¿Tiene responsabilidad penal?
1 respuesta
Respuesta de twainii
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twainii, Licenciado en Derecho
Tu pregunta es de mucha complejidad, por lo que es posible que sean necesarios varios mensajes para ir resolviéndola. Si hay responsabildad penal en toda esta actuación lo dejaremos para el final, pero te anticipo que podría ser que sí, aunque hace falta saber algunas cosas más para definir qué delito concretamente.
Me debes contar cuál es la relación entre el testador fallecido, la legataria y tú. Intuyo que el fallecido es el esposo de la legataria, pero es preferible que me lo confirmaras. También es importante conocer cuál es el legado en favor de esa persona, si lo conoces. Si no lo sabes, podemos pasar sin el dato.
Te puedo anticipar algunos detalles. La sociedad de gananciales se disuelve con el fallecimiento de un cónyuge. La viuda será propietaria de la mitad de los bienes por su participación en la sociedad de gananciales y usufructuaria de la otra mitad, de la cuál tú serás, como heredera única, la propietaria, pero el uso y disfrute de esos bienes será de la viuda, pero no porque sea legataria, sino porque es la viuda. Digamos que los bienes que pertenecían a la sociedad de gananciales quedarán en copropiedad al 50% entre tú y ella (ella de su mitad de gananciales y tú de la mitad ganancial del testador) pero será ella quién use y disfrute de todos los bienes
También te puedo anticipar que si bienes que eran privativos del testador (no gananciales) han sido incluidos en la liquidación de la sociedad de gananciales, es un error. Esos bienes son exclusivamente tuyos como heredera. Lo mismo sucede con el dinero de cuentas privativas (no gananciales)
Si el dinero ha sido sacado de una cuenta priativa del testador, sin duda que habría un delito de hurto o de estafa (habría que conocer otos datos sobre la cuenta, pero probablemente para ti lo más importante es conocer que se trata de un delito, y no tanto que pueda ser uno u otro). Pero hay que recordar, respecto de las cuentas corrientes, que no son privativas por el hecho de que la titularidad esté solo a nombre del fallecido, porque si se abrió durante la vigencia del matrimonio el saldo es ganancial. Una cuenta es privativa cuando el dinero de los saldos es privativo (por ejemplo, procedente de una herencia, pero nunca es privativo si el dinero procede del trabajo, de negocios, o de ventas de bienes gananciales, o de premios de lotería) o cuando fue abierta la cuenta en estado de soltería por el fallecido. Es decir que hay que saber cual es la naturaleza de los saldos de esa cuenta y cuando fue abierta por el fallecido.
Sin duda, el cuaderno particional no sirve absolutamente para nada si tú no lo firmas, como tampoco si tú no aceptas la herencia (aunque en este caso lo que sucede es que dejas de ser heredera, pierdes todos tus derechos y la herencia irá a parar a los herederos forzosos que tuviera el fallecido) o si aceptas a beneficio de inventario.
Dependiendo de como esté redactado el cuaderno particional, podría haberse producido una falsedad en documento público. No creo que una notaria se arriesgue a tanto, pero habría que leer ese documento, cosa que no nos es posible. Te lo digo para que lo tengas en cuenta más adelante.
Quizás lo más urgente sea resolver el problema del dinero extraído de la cuenta corriente. La solución más rápida de la que dispones es presentar una denuncia en el Juzgado por posible delito. Esto provocará la investigación por el juez y se verá si el dineore de esa cuenta corriente tenía naturaleza privativa, o ganancial.
Existe una irregularidad en el tema de la Notaría. Como dices, el testamento se abre y se lee en presencia de todos los interesados. Deberías haber sido citada por la notaria. Esto es una grave irregularidad, perfectamente denunciable ante al propio Colegio de Notarios para que investigue la actuación de la colegiada.
Salvo que tú conozcas perfectamente la composición del patrimonio del testador fallecido, es conveniente que contrates a un abogado para que vaya investigando lo que tú no conozcas, aparte de que te pueda aconsejar yo desde este foro. También te hará falta porque es muy posible que tengas que acudir a un juicio de testamentaria en el juzgado para evitar que pierdas bienes que te correspondan y hasta es más que posible que todo termine en el juzgado de instrucción, como te he anticipado.
Como ves, el tema que consultas es complejo y necesito que me vayas facilitando datos para completar los hechos.
Lo que te he escrito sólo es un anticipo. Iré matizando conforme me vayas informando.
Buenas noches y cordiales saludos.
Me debes contar cuál es la relación entre el testador fallecido, la legataria y tú. Intuyo que el fallecido es el esposo de la legataria, pero es preferible que me lo confirmaras. También es importante conocer cuál es el legado en favor de esa persona, si lo conoces. Si no lo sabes, podemos pasar sin el dato.
Te puedo anticipar algunos detalles. La sociedad de gananciales se disuelve con el fallecimiento de un cónyuge. La viuda será propietaria de la mitad de los bienes por su participación en la sociedad de gananciales y usufructuaria de la otra mitad, de la cuál tú serás, como heredera única, la propietaria, pero el uso y disfrute de esos bienes será de la viuda, pero no porque sea legataria, sino porque es la viuda. Digamos que los bienes que pertenecían a la sociedad de gananciales quedarán en copropiedad al 50% entre tú y ella (ella de su mitad de gananciales y tú de la mitad ganancial del testador) pero será ella quién use y disfrute de todos los bienes
También te puedo anticipar que si bienes que eran privativos del testador (no gananciales) han sido incluidos en la liquidación de la sociedad de gananciales, es un error. Esos bienes son exclusivamente tuyos como heredera. Lo mismo sucede con el dinero de cuentas privativas (no gananciales)
Si el dinero ha sido sacado de una cuenta priativa del testador, sin duda que habría un delito de hurto o de estafa (habría que conocer otos datos sobre la cuenta, pero probablemente para ti lo más importante es conocer que se trata de un delito, y no tanto que pueda ser uno u otro). Pero hay que recordar, respecto de las cuentas corrientes, que no son privativas por el hecho de que la titularidad esté solo a nombre del fallecido, porque si se abrió durante la vigencia del matrimonio el saldo es ganancial. Una cuenta es privativa cuando el dinero de los saldos es privativo (por ejemplo, procedente de una herencia, pero nunca es privativo si el dinero procede del trabajo, de negocios, o de ventas de bienes gananciales, o de premios de lotería) o cuando fue abierta la cuenta en estado de soltería por el fallecido. Es decir que hay que saber cual es la naturaleza de los saldos de esa cuenta y cuando fue abierta por el fallecido.
Sin duda, el cuaderno particional no sirve absolutamente para nada si tú no lo firmas, como tampoco si tú no aceptas la herencia (aunque en este caso lo que sucede es que dejas de ser heredera, pierdes todos tus derechos y la herencia irá a parar a los herederos forzosos que tuviera el fallecido) o si aceptas a beneficio de inventario.
Dependiendo de como esté redactado el cuaderno particional, podría haberse producido una falsedad en documento público. No creo que una notaria se arriesgue a tanto, pero habría que leer ese documento, cosa que no nos es posible. Te lo digo para que lo tengas en cuenta más adelante.
Quizás lo más urgente sea resolver el problema del dinero extraído de la cuenta corriente. La solución más rápida de la que dispones es presentar una denuncia en el Juzgado por posible delito. Esto provocará la investigación por el juez y se verá si el dineore de esa cuenta corriente tenía naturaleza privativa, o ganancial.
Existe una irregularidad en el tema de la Notaría. Como dices, el testamento se abre y se lee en presencia de todos los interesados. Deberías haber sido citada por la notaria. Esto es una grave irregularidad, perfectamente denunciable ante al propio Colegio de Notarios para que investigue la actuación de la colegiada.
Salvo que tú conozcas perfectamente la composición del patrimonio del testador fallecido, es conveniente que contrates a un abogado para que vaya investigando lo que tú no conozcas, aparte de que te pueda aconsejar yo desde este foro. También te hará falta porque es muy posible que tengas que acudir a un juicio de testamentaria en el juzgado para evitar que pierdas bienes que te correspondan y hasta es más que posible que todo termine en el juzgado de instrucción, como te he anticipado.
Como ves, el tema que consultas es complejo y necesito que me vayas facilitando datos para completar los hechos.
Lo que te he escrito sólo es un anticipo. Iré matizando conforme me vayas informando.
Buenas noches y cordiales saludos.
La historia es mucho más compleja de lo que puedas pensar, he leído el reglamento notarial, el código civil, y el derecho foral del país vasco. Empezare si me lo permites desde el principio. Mi hermano otorgo testamento mancomunado junto con su esposa, sabia muy bien que no quería que su patrimonio fuese a la familia de su mujer y lo hizo ante esta notaria (grave error porque le podía haber recomendado separación de bienes) al no haber hijos la comunicación foral de bienes no existe) y esta señora tenia por norma ponerse de albacea-contadora-partidora en todos los testamentos.(Es un elemento de cuidado) bueno, se legan recíprocamente el usufructo de los bienes y lega al fallecimiento de los dos un inmueble a mi y otro a un hermano de la viuda y para el resto de los bienes derechos y acciones me nombra a mi heredera de todos sus bienes. Cuando mi hermano falleció, fueron en numerosas ocasiones la viuda y un cuñado suyo a la notaria y creo visto lo visto que la notaria tomo partido, al de varios meses me citaron y la sra notaria me puso una carta de renuncia delante, diciéndome que tenia que renunciar a favor de quien legalmente le correspondía, que la viuda no podía vivir con 400e de pensión, dato que es falso, yo haciéndome la tonta le dije que me leyese el testamento que no sabia que me había dejado y por lo tanto a que tenia que renunciar, su respuesta fue: "yo a usted no tengo porque informarla, yo solo informo a quien me paga" después preparo un cuaderno particional que era un despropósito, faltaban cuatro cuentas bancarias que la viuda ya había cerrado, (me he vuelto un buen detective y tengo amigos hasta en el infierno) la parte de una copropiedad en rosas que es privativa por herencia el coche que es privativo por el mismo motivo era ganancial y los inmuebles sujetos a pacto contractual, y por tanto no le puede adjudicar la nuda propiedad lo hacia y la cuenta privativa por herencia era su obsesión y por lo tanto, no solo ganancial sini que de mi mitad me descontaba el valor del usufructo de dinero y inmuebles sino que luego le adjudicaba el usufructo vitalicio, le envíe buró fax con todos los errores y el inventario completo y fue cuando la viuda la rekirio como albacea, me comunico el nombramiento "por pura cortesía" según ella y adjunto el mismo cuaderno, le envíe un requerimiento notarial negando mi consentimiento a ese cuaderno y todas las irregularidades y conté la historia en el colegio notarial, sin recibir respuesta todavía, y ya no se mucho más porque lo que te he contado lo supe el viernes por el director del banco, que ha presentado un cuaderno que va a saco contra mi en el departamento jurídico, protocolizado ante notario. Y lo que t he contado la viuda se ha llevado la mitad por un lado el valor del usufructo por otro y ella ha sacado 45000e que serán sus honorarios, el caso es que la pasta ha desaparecido, pero como puede adjudicar sin firmar yo. El albacea no debe rendir cuentas al heredero y contar con su aprobación así como velar por la conservación del patrimonio, pues lo ha hecho de narices, como lo ves
Tengo la cabeza llena de preguntas, ¿cómo voy a aceptar o renunciar si no tengo conocimiento de la protocolización y adjudicación?, es que sigo sin entenderlo, el albacea no debería liquidar la sociedad de gananciales, deberían practicarla el cónyuje viudo y los herederos del difunto por unanimidad, pues no es la liquidación una operación particional sino de determinación de bienes. La adjudicación de bienes ¿no es un acto que escede de lo meramente particional? ¿Y por tanto de carácter dispositivo? Que a mi entender no puede hacer por si solo el albacea por el posible perjuicio que puede generar al heredero. ¿El heredero no debería dar consentimiento formal a las operaciones particionales? ¿No debería entregar los bienes cuando haya verificado exhaustivamente la partición y rendido cuentas al heredero? El código civil dice que debe hacer inventario con la colaboración de los herederos. Creo que te estoy liando demasiado, y por desgracia tengo más herencias muy complicadas, gracias de antemano
A veces sucede que los hechos se van encadenando hasta el extremo de formar una maraña, que es lo que ha sucedido en este caso a consecuencia de la actuación de esa notaria. Y toda esa maraña está en perjuicio tuyo porque así lo han querido otras personas. A pesar de que dices que estás liando demasiado, ahora el tema está muy claro. En ese cuaderno particional, además de que no eté bien formado porque falten bienes que inventariar, se está mezclando la liquidación de la sociedad de gananciales con la partición hereditaria, cuando son dos actos que pueden protocolizarse juntamente, pero no mezclarse. Es obvio lo que tú dices: la liquidación de los gananciales la tienen que realizar el cónyuge viudo y los herederos del cónyuge fallecido y el cuaderno particional lo tiene que ejecutar el heredero, no el legatario, que es quién tiene la obligación de pagar los legados.
Tal como está ese cuaderno particional y con todos los hechos que se han producido en tu perjuicio, no tienes otra solución que contratar a un abogado que presente un juicio de testamentaria y solicite las medidas necesarias para evitar que la legataria maneje los bienes de la herecnai en tu perjuicio; de esta forma será el juez quién ejecutará el cuaderno particional y no la notaria.
Por otro lado, también supongo que el abogado presentará una denuincia penal por la posible comisión de un delito de estafa o de hurto a cuenta del dinero del que ha dispuesto la legataria y la notaria.
Probablemente ha llegado la hora de que actúe la justicia, porque no te valdrá de nada saber que tienes razón si cuando te quieras dar cuenta te habrás quedado con una herencia muy mermada por los manejos en contra tuya.
Sinceramente, contrata a un abogado, exponle el caso y que actúe rápidamente para que sea el juez quién tome las riendas del cuaderno particional.
Es el mejor consejo que puedo darte desde la distancia.
Cordiales saludos y que todo salga bien porque tienes absolutamente toda la razón de tu parte. Sólo te hace falta que el juez lo diga por escrito.
Tal como está ese cuaderno particional y con todos los hechos que se han producido en tu perjuicio, no tienes otra solución que contratar a un abogado que presente un juicio de testamentaria y solicite las medidas necesarias para evitar que la legataria maneje los bienes de la herecnai en tu perjuicio; de esta forma será el juez quién ejecutará el cuaderno particional y no la notaria.
Por otro lado, también supongo que el abogado presentará una denuincia penal por la posible comisión de un delito de estafa o de hurto a cuenta del dinero del que ha dispuesto la legataria y la notaria.
Probablemente ha llegado la hora de que actúe la justicia, porque no te valdrá de nada saber que tienes razón si cuando te quieras dar cuenta te habrás quedado con una herencia muy mermada por los manejos en contra tuya.
Sinceramente, contrata a un abogado, exponle el caso y que actúe rápidamente para que sea el juez quién tome las riendas del cuaderno particional.
Es el mejor consejo que puedo darte desde la distancia.
Cordiales saludos y que todo salga bien porque tienes absolutamente toda la razón de tu parte. Sólo te hace falta que el juez lo diga por escrito.
txapo, muchísimas gracias por tus consejos, me han sido realmente útiles, unos amigos abogados me han buscado uno de los mejores penalistas, estoy esperando que me reciba, ellos dentro de que se dedican más a seguros y temas de trafico han coincidido contigo, de todas formas cada vez consigo más información y me estoy encontrando gente muy amable, he conseguido el cuaderno por el notario que lo ha protocolizado, todo un despropósito con muy mala leche, un señor encantador y se ha puesto a mi disposición para cualquier duda y me ha explicado muchas cosas, la viuda ya lo ha aceptado, la única tonta debo ser yo que si no es por un amigo del banco no me entero de nada, pero como dice mi amigo abogado, no sabe con que hueso se ha enfrentado, yo cuando me informo bien y se que tengo toda la razón mi orgullo no me permite otra cosa que ir a saco asta que se hace lo justo, lo dicho, muchísimas gracias y un saludo
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