¿Hay legítima en una herencia negativa?

Hace tres años, mi marido falleció dejándome como heredera universal en su testamento, tras la valoración de sus bienes resulto que tenia más deudas que valor de las propiedades, por lo que la herencia resultó negativa. Ahora, sus hijas de un matrimonio anterior me reclaman la legítima. ¿Qué tengo que pagarles si lo que herede fue una deuda con el banco? ¿Tienen ellas que pagar también esa deuda?

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Si Ud renunció a la herencia, no tiene que pagar nada. Si Ud. aceptó la herencia con las deudas y con los bienes propios de la herencia no se pudo pagar ya que Ud debió abonar de su propio bolsillo, las hijas no pueden percibir herencia ya que no hay bienes a heredar dado que se utilizaron para pagar las deudas. Aún así todo ello se debe acreditar.

Ellas pueden denunciar, y reclamar, otra cosa es que tengan razón.

Espero haberlo ayudado. Si tiene cualquier duda, puede contactar conmigo en el 610.941.077 o en [email protected]. Disponemos de despacho en Barcelona y actuamos en todo el territorio español.

Ruego finalice la pregunta positivamente. Y recuerde que esto no es un asesoramiento, ya que carezco de documentación y argumentos para analizar el caso como es debido.

Gracias.

Att. Marc
Abogado

Buenas tardes,

yo acepté la herencia y me estoy haciendo cargo de los pagos que estaban a nombre de mi marido. Después de la aceptación de la herencia, los bienes (el piso) pasaron a mi nombre y los prestamos (la hipoteca) también. Ahora todo está a mi nombre, tanto lo bueno como lo malo. Ningún banco me pidió la liquidación de la legítima para hacer el cambio de nombre, por eso me extraña que ahora el juzgado me reclame inventario de los bienes de mi marido cuando falleció y de la situación actual. Si las deudas las pago yo, ¿tengo que darles explicaciones de lo que aún queda por pagar?

Gracias por su respuesta.

Si las hijas reclaman la legítima es por que ellas han aceptado herencia también (aunque se hayan dado cuenta ahora),. Y ellas también deben abonar las deudas, así pues, Ud debe presentar inventario como bien lo ha solicitado el Secretario. Tanto los bienes heredados como las deudas pagadas y faltadas por pagar.

Aunque en su situación debe explicar que aceptó y pagó las deudas, que aún existen por pagar, etc

Att. Marc

Abogado

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