Estimada usuaria,
En el asunto planteado, si una de las hermanas fallece sin haber otorgado testamento y no existen herederos forzosos (padres y/o hijos) heredarán el resto de hermanos. Sin embargo, esto no se produce de manera automática, puesto que las hermanas que sobrevivan a la fallecida, tendrán que iniciar en el Juzgado un procedimiento de Declaración Judicial de Herederos a fin de que se les nombre como tales a efectos de poder aceptar o renunciar la herencia.
Si por el contrario, se otorga testamento, declarando herederas a las hermanas que sobrevivan, el paso judicial no haría falta, puesto que el testamento es la escritura notarial que suple a la declaración de herederos y por lo tanto, sería suficiente con que acudiesen ante Notario para aceptar o repudiar la herencia.
Si quiere Vd. plantearme alguna duda más, le facilito los datos del despacho.
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