¿Se puede hacer la donación de un piso sin escritura pero sí reconocida la propiedad del mismo?

ANTECEDENTES: El piso en cuestión pertenece a mi padre, y somos 4 hermanos. La cuestión es que es un piso que hizo el IVIMA y del que no existían escrituras (situación de muchos pisos de la zona). A principios de los 90, el IVIMA empezó a escriturarlos a nombre de los propietarios, previo pago de una cantidad de dinero por una rehabilitación que realizó en los edificios de los pisos (rehabilitación que impusieron).
En su día no se pagó, por lo que no se escrituró el piso. Transcurridos unos años, se pagó dicha rehabilitación y se habló con el IVIMA para escriturar, y a la vista del expediente no pusieron pegas (ya que existe documentación de que mi padre es el propietario) y se pagó incluso la provisión de fondos para poder escriturar el piso a nombre de mi padre. Hasta aquí todo perfecto, pero quedaron en llamarnos para ir al notario y hasta hoy. Hemos reclamado el tema varias veces pero seguimos en las mismas, y siguen dándonos
Largas (esto fue en el año 2.000, en que quedaron en avisarnos y estamos aburridos de reclamárselo).
En el año 2010, nos envían una carta de la Agencia Tributaria en la que nos comunican que inscriben la titularidad “acreditada” del piso en el catastro a nombre de mi padre y la baja de titularidad catastral del IVIMA (reconocen que mi padre es el propietario del piso al 100%), y empezamos a pagar IBI y basura, ya que hasta entonces no se hacía pues no querían escriturar y el piso no era “legalmente” propiedad de mi padre.
SITUACIÓN ACTUAL: mi padre está reconocido como propietario al 100 % del piso, se pagan los correspondientes impuestos (IBI, …), pero el IVIMA sigue sin dar una solución a pesar de reclamarles insistentemente, por lo que no tenemos escritura pública del mismo, y mi padre quiere hacer una donación del piso a nosotros, a los 4 hermanos, por lo que la pregunta final es si se puede hacer esa donación y escriturar el piso a nuestro nombre directamente, acudiendo a un notario y olvidarnos del IVIMA, y en caso afirmativo, si se necesita alguna documentación especial (del catastro, certificado del IVIMA,¿…)?...

Respuesta
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El problema es que las palabras se las lleva el viento y no dejan rastro alguno.

Deberían haber requerido formalmente a la Comunidad de Madrid mediante un escrito presentado en un registro público o un requerimiento notarial, y como no lo hicieron, nada se puede acreditar.

No pueden ir al notario porque éste les pedirá el título de la propiedad y precisamente es lo que están ustedes reclamando, y nadie puede donar lo que legalmente no es suyo.

Tendrán que llevar a cabo cualquiera de las dos acciones que le indicado, aunque yo les recomiendo el notario. Nosotros trabajamos con una notaría, si usted desea, les ponemos en contacto para agilizar los trámites.

Cuando se pago en su día se le reclamo varias veces hasta que prácticamente nos aburrieron (verbalmente). Últimamente, desde el 2.010 hemos vuelto a retomar el tema y hemos ido a hablar con ellos (concretamente con la persona que llevaba el expediente), y quedó en pedír la documentación y que les llamáramos en unos días (nos dijo que la tenían archivada). Desde entonces se ha hablado con él, con compañeros suyos, con su jefa, y últimamente hay otro departamento que lo lleva (desde Oct/Nov), a donde hemos llamado 3 o 4 veces, y nos dicen que tienen orden de escriturar pero que están esperando a que les llegue la documentación, que la tienen archivada y que no tienen fecha, y que volvamos a llamar en 1 o 2 meses más. Estando todo pagado debería ser una cuestión más rápida, ya que nos corre cierta prisa poner el piso en condiciones, y siguen sin dar respuesta.

Me estoy refiriendo a los trámites para reclamar las escrituras

Bueno, lo comentaré con mis hermanos y vamos a ver qué hacemos. En cualquier caso gracias por el ofrecimiento y por la aclaración (tengo claros los pasos a dar). Gracias

Entendido.

Ruego cierre la pregunta y valore

Muchas gracias por la aclaración. Este es un tema que tenemos enquistado y no somos capaces de solucionar. A partir de ahora actuaremos de otra manera con la administración. En relación con la notaría, conocemos a un notario, pero tendremos en cuenta tu ofrecimiento.

¿A qué llama usted "reclamarles insistemente"?

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