Particular quiere presentar expediente judicial de

Mi padre compró un oiso al contado en la década de los 60 en la ciudad de Barcelona. No inscribió nada en el registro de la propiedad, y si hubo contrato de compraventa o escritura, no sabemos dónde está.
  He averiguado en la oficina del catastro de Barcelona que ahí, en el catastro, el piso está a nombre de mi padre.
  Me recomendaron que acudiese a un juez, y que se presentase un expediente judicial de inmatriculación.
  Quisiera saber qué trámites tengo que hacer para poder presentar un expediente judicial de inmatriculación de forma particular, es decir, sin que medie ningún abogado (He tenido uno y ha pasado del tema).
  Igualmente, si tienen otra vía diferente a esta, háganmelo saber.

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Respuesta
Un expediente de dominio no para inmatricular, ya que supongo que el piso estará ya inmatriculado a nombre de quien vendió a tu padre.
Puedes hacer el expediente de dominio en el Juzgado con abogado, o en el Notario. Ve a uno y le expones el caso y toda la documentación que tengas, recibos del IBI, agua, luz, etc.
Pedimos la nota de registro en el registro de la propiedad y dice que no está segregada, osea, que es como si el piso nunca hubiese sido vendido (supongo que como el supuesto contrato que firmaron mi padre y el propietario no se registró, pues el piso está como en su origen ¿es así?). Supongo que el dueño de toda la finca fue vendiendo y haciendo la división horizontal.
Dicho esto, ¿Cuál es exactamente el paso que debo dar? Si fuese con un notario, ¿Puede ser un notario de una comunidad autónoma diferente a donde está el piso? Actualmente vivo en Navarra y el piso está en Barcelona.
Hemos solicitado al Catastro de Barcelona un original donde diga que el piso está anombre de mi padre, pero no nos lo dan porque dicen que el DNI de mi padre ahora está a nombre dse otra persona. Mi pregunta es: ¿Un notario podría solicitar ese documento si le acredito documentalmente al notario que soy hijo de mi padre?
Muchas gracias
Vamos a ver, sobre la parcela, se haría una obra nueva, se haría la división en propiedad horizontal, y el promotor iría vendiendo cada piso mediante escritura. Solo por una escritura notarial, el registrador puede cambiar la titularidad. Entonces lo que me dices que no está segregada me suena a chino, se segrega un trozo de 1.000 mts. de otra parcela de 10.000 mts. pero cuendo hablamos de propiedad horizontal, en la nota simple debe poner el nombre del titular registral que es quien vendió en su momento.
El Notario hábil sería de Barcelona
Si quieres tengo despacho en Borja (a 10 Km. De Cortes) y en Zaragoza y colaboro con un abogado de Barcelona y me desplazo habitualmente a Barcelona. Podría llevarte el asunto. [email protected]
Te agradezco tu proposición de llevarme el cas, pero en estos momentos me interesa seguir haciéndolo yo todo. Igualmente te agradezco que hayas sido tan rápido en las contestaciones, aunque he de decirte que no me has aclarado si un notario podría solucionarme todo o bien he de ir a un juzgado

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