Renunciar a la herencia. Consecuencias

A la hora de aceptar la herencia de nuestra madre nos surgen unas dudas:
¿Qué diferencias existen entre: aceptar, renunciar y renunciar en favor de otro?
El único bien a heredar es un piso con un valor catastral de unos 45.000 Euros.
Somos seis herederos (hijos) y sobretodo nos interesan las consecuencias fiscales, esto es, en el próximo ejercicio del IRPF.

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Si aceptan una herencia, han de pagar los impuestos de sucesiones. Distintos en cada comunidad autónoma.

Como ya pagan los impuestos al heredar... esto no influye en la declaración de la renta.

Si renuncian... pues...¿han recibido algo? No ¿verdad? Pues entonces nada.

En la declaración de la renta solo cotiza lo que se recibe.

Si renuncian a favor de otro... pues ustedes no reciben nada, por lo que tranquilos.

El otro, el beneficiario, será el que habrá de pagar los impuestos de trasmisiones.

Y lo dicho: De IRPF nada.

Un saludo y no olvide finalizar la pregunta.

No es mi intención desconfiar de Usted pero me cuesta creer eso de: "de IRPF nada". Quizás me han informado mal pero me han dicho que al heredar se produce un incremento patrimonial por el que hay que tributar, incluso si no estás obligado a presentar declaración sobre la renta por no percibir ingresos suficientes.

En cuanto al impuesto de sucesiones, en Madrid está bonificado al 95%(o es 99%), por lo que no se pagaría mucho. Entonces aceptar la herencia sería muy barato. Me parece demasiado bonito para creerlo.

Tras esta aclaración finalizaré la pregunta. Gracias

Los impuestos por algo (por lo que sea) se pagan una sola vez.

Aunque es verdad que algunas cosas tienen varios impuestos. Por ejemplo al heredar un inmueble, el impuesto de plusvalía al ayuntamiento y el impuesto de sucesiones a hacienda.

Y como los paga al heredar no le va a repercutir en nada en el IRPF.

Estaría bueno que nos pasáramos la vida pagando impuestos por impuestos ya pagados.

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