Pues parece por como cuenta las cosas que no va a poder reclamar nada.
No va a poder reclamar nada.
Verá, las herencias son un derecho, pero no son una obligación.
Se pueden aceptar, pero también se pueden rechazar (muchas veces conviene rechazarlas).
De todas formas, le recomiendo que con los papeles que pueda reunir acuda a un abogado.
La explicación es que una persona puede efectivamente renunciar a una herencia, y beneficiaría en este caso, a su tío, pero no es tan fácil.
Si una persona tiene hijos, sus derechos pasan a ellos. No a su hermano.
Habríande haber renunciado a la herencia usted y sus hermanos ante notario.
Y si en su momento fueran ustedes menores de edad, su madre para poder renunciar y dejarles a los hijos sin herencia, habría de haberlo solicitado en el juzgado de menores y la fiscalía habría de haberlo autorizado.
Desde luego, esto es porque las legítimas correspondientes a los hijos hay que respetarlas (por ley).
Pero respecto a su tío, no tiene obligación de respetar legítimas ya que estas son para ascendientes o descendientes, no para colaterales.
Y usted no es hijo de su tío. No es su descendiente, por lo que puede dejar su herencia como guste, incluso a un amigo, a un vecino... etc, y si no hay nadie con derecho a legítima, nadie puede quejarse.
Ha de conseguir esa escritura en la que su madre renunciaba a la herencia en favor de su hermano y hay que estudiarla. Merece la pena que se la lleve a un abogado.
Ya digo que sin leer documentos y analizar todos los datos es imposible añadir más a lo que le he dicho.