Alquilar 1/6 parte de la herencia que me corresponde

HE recibido una herencia de una planta baja y quisiera saber si yo puedo alquilar mi parte para sufragar los gastos a sabiendas que una de las herederas se ha metido con su marido en dicha vivienda sin contar con nadie diciendo que de hay nadie la hecha .y teniendo ella vivienda propia

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La respuesta a su pregunta es que no puede, porque 1/6 de un inmueble no es un elemento que pueda segregarse para delimitarlo, pero por otro lado, su hermana o cuñada quien sea la que ha ocupado la vivienda en perjuicio del condominio, tampoco puede llevar a cabo dicha acción porque está usando privativamente bienes que no son de su propiedad, sino que los mismos pertenecen a un proindiviso y carece de la debida autorización para servirse de dicha propiedad. El que tenga vivienda propia o no, es un dato que nada aporta al Derecho de los comuneros.

Usted lo que puede hacer en virtud del art. 400 y siguientes del Código Civil, es instarla para que le adquiera su parte o en caso de negativa, acudir a la disolución judicial del referido condominio, si bien caben soluciones de uso rotatorio, abonar un alquiler, etc.

Ruego cierre y valore.

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