Herencia de una vivienda de vpo

Mi pareja tenia una vivienda de vpo en la provincia de Cádiz, recientemente ha fallecido y al no hacer testamento queda como heredero mi hijo y la hija que tenía con su anterior pareja, ambos menores de edad. El seguro de vida cubre la hipoteca pero ahora al quererle comprarle su parte mi hijo a ella, la notaria valora la casa al valor catastral 79000€ más 1,5mas de impuesto de sucesión, ¿es decir un total de 120.000€. Si en el mercado esta ahora valorada a 70000€ yo tengo que seguir pagando eso hacienda? Y además yo poseo otra propiedad mía privativa, ¿permitiría la junta hacer mi hijo la compra o al pagar el préstamo ya queda libre?

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Las viviendas de VPO tienen un precio máximo marcado por la Ley. Es en ese precio en el que se debe hacer cualquier transmisión jurídica de la misma.

El impuesto de Sucesiones no se computa al precio de la vivienda.

Para poder hacer la transmisión de la finca, se deberá solicitar a la Junta una autorización de venta, que la Junta dará marcando el precio máximo en el que se puede transmitir.

Una vez que se haya realizado dicha transmisión (que en realidad será una extinción de condominio habrá que comunicar a la Junta los términos en los que se ha realizado.

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