Contabilizar días naturales en vacaciones.

Mi pregunta es muy sencilla. Mi contrato actual establece un periodo de vacaciones anuales de 30 días naturales teniendo una jornada laboral de lunes a viernes.
Imaginemos que quiero hacer uso de una semana de vacaciones (7 días), en realidad ¿qué me contaría? Los 5 días de lunes a viernes, o los siete, con extensión al sábado y domingo.

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Respuesta
Los días naturales son días a secas, es decir, los días normales. Por tanto, si te quieres coger 7 días, se cuenta los sábados y domingos.
Perdón me expresé mal, quería decir que si cojo 5 días, ¿también se me computa el fin de semana?.
Esto es, yo pido, hipotéticamente, a mi empresa que quiero cogerme 5 días de vacaciones (las hago coincidir de lunes a viernes). Me tendría que incorporar el lunes siguiente (hay un fin de semana por medio).
A efectos de devengo de días de vacaciones. ¿Cuántos he consumido 5 ó 7?. O lo que es lo mismo, ¿me quedarían 25 o 23 días aún por coger?. Tengo derecho a 30 días naturales.
Gracias y perdona mi ignorancia.
Vamos a ver. Se entiende que el trabajador tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones, pero además, tiene derecho a disfrutarla de modo continuado, es decir, los 30 días de golpe.
Ahora bien, si la empresa quiere que te tomes las vacaciones de forma partida, entonces entiendo que debes tener derecho a 30 días, pero ya no naturales, porque si no acabas perjudicado.
Ahora bien, si los días quieres pedírtelo tu por iniciativa propia, entonces considero que si te pides cinco días de lunes a viernes, realmente te estás pidiendo siete.

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