Reducción de jornada
Buenas tardes,
Adjunto la consulta y la respuesta que me diste a un asunto de reducción de jornada obligado por mi empresa.
Mi nueva consulta está basada en si podrías ayudarme a redactar la carta para enviar a mi empresa, o decirme alguna dirección donde poder obtener una.
Te estaré gratamente agradecido.
Gracias de antemano.
Pregunta:
Buenas tardes, Tengo 58 años y más de 35 años cotizados a la Seg. Social. La empresa me ha enviado una carta en la que me indica que se reduce mi jornada laboral de 7 horas diarias a 5. Esto me produce muchas dudas, sobre todo de cara a mi jubilación. Mis preguntas son: -¿Puedo negarme a esta reducción de jornada? ¿Tengo algún plazo para poder denunciar o hacer algo al respecto? Ahora tengo la duda, de si continuar trabajando hasta los 65 con 5 horas diarias, o llegar a un acuerdo con la empresa para que me despidan, cobrar el paro durante los dos años que me corresponde y luego jubilarme. ¿Con cuál de las dos fórmulas saldría más beneficiado en la jubilación? -¿El paro que cobraría durante los dos años sería todos los meses el mismo o va disminuyendo? -¿Existe la posibilidad de pagar la parte correspondiente de la Seg. Social de mi bolsillo estando en el paro? ¿Sería mucho dinero? Espero haberme explicado, y sé que son muchas preguntas, pero es que me surgen estas dudas y a la edad que tengo no es fácil encontrar otro empleo. Muchísimas gracias.
Respuesta: Reducción de jornada
La empresa no es quien para modificar tus condiciones básicas de contrato sin tu firma. Entre ellas está, por supuesto, la duración de la jornada. A no ser que te vayan a mantener el salario y el % de cotización a la SS (100%, sin reducirlo). Lo que te aconsejo son dos cosas: 1- Que permanezcas en la empresa en tu horario de siempre. 2- Que le remitas un escrito, quedándote con una copia firmada con un recibí por un responsable, a la empresa diciendo que tu horario sigue siendo el de siempre porque forma parte de tu contrato y no estás dispuesto a reducirlo perdiendo cotización. 2- Que conserves ambas cartas y lo denuncies, adjuntando copias de la cartas, ante la inspección de trabajo y SS. Con eso paralizas el tiempo y si el inspector les obliga a echarse atrás no habrás perdido nada. 3- Que consultes en la tesorería de la SS si te han reducido la cotización o no. Si te despiden vas a perder muchísima jubilación, porque los dos últimos años son los que más cuentan, aunque con el dinero de la indemnización tendrías de sobra para darte de alta como supuesto autónomo durante esos dos años que te quedan. Pero entonces no cobrarías paro ni ningún dinero durante dos años, a excepción de lo que puedas cobrar de autónomo si realizas alguna actividad real. También tienes la posibilidad de solicitar en el juzgado de lo social una rescisión voluntaria del contrato, que es algo así como autodespedirte, pero en ese caso sólo cobrarías 20 días por año de antigüedad como indemnización. Eso también se lo puedes decir a la empresa para acojonarles un poco, ya que es algo que no depende de su voluntad. Digamos que si te tocan los cojones con lo de reducirte la jornada, en cualquier momento les cae un pago que no se esperan y una baja que tampoco. Por supuesto que con tu edad tienes la posibilidad de ponerte enfermo y con baja por enfermedad te puedes pegar hasta año y medio. Www.laboro.es.gd
Adjunto la consulta y la respuesta que me diste a un asunto de reducción de jornada obligado por mi empresa.
Mi nueva consulta está basada en si podrías ayudarme a redactar la carta para enviar a mi empresa, o decirme alguna dirección donde poder obtener una.
Te estaré gratamente agradecido.
Gracias de antemano.
Pregunta:
Buenas tardes, Tengo 58 años y más de 35 años cotizados a la Seg. Social. La empresa me ha enviado una carta en la que me indica que se reduce mi jornada laboral de 7 horas diarias a 5. Esto me produce muchas dudas, sobre todo de cara a mi jubilación. Mis preguntas son: -¿Puedo negarme a esta reducción de jornada? ¿Tengo algún plazo para poder denunciar o hacer algo al respecto? Ahora tengo la duda, de si continuar trabajando hasta los 65 con 5 horas diarias, o llegar a un acuerdo con la empresa para que me despidan, cobrar el paro durante los dos años que me corresponde y luego jubilarme. ¿Con cuál de las dos fórmulas saldría más beneficiado en la jubilación? -¿El paro que cobraría durante los dos años sería todos los meses el mismo o va disminuyendo? -¿Existe la posibilidad de pagar la parte correspondiente de la Seg. Social de mi bolsillo estando en el paro? ¿Sería mucho dinero? Espero haberme explicado, y sé que son muchas preguntas, pero es que me surgen estas dudas y a la edad que tengo no es fácil encontrar otro empleo. Muchísimas gracias.
Respuesta: Reducción de jornada
La empresa no es quien para modificar tus condiciones básicas de contrato sin tu firma. Entre ellas está, por supuesto, la duración de la jornada. A no ser que te vayan a mantener el salario y el % de cotización a la SS (100%, sin reducirlo). Lo que te aconsejo son dos cosas: 1- Que permanezcas en la empresa en tu horario de siempre. 2- Que le remitas un escrito, quedándote con una copia firmada con un recibí por un responsable, a la empresa diciendo que tu horario sigue siendo el de siempre porque forma parte de tu contrato y no estás dispuesto a reducirlo perdiendo cotización. 2- Que conserves ambas cartas y lo denuncies, adjuntando copias de la cartas, ante la inspección de trabajo y SS. Con eso paralizas el tiempo y si el inspector les obliga a echarse atrás no habrás perdido nada. 3- Que consultes en la tesorería de la SS si te han reducido la cotización o no. Si te despiden vas a perder muchísima jubilación, porque los dos últimos años son los que más cuentan, aunque con el dinero de la indemnización tendrías de sobra para darte de alta como supuesto autónomo durante esos dos años que te quedan. Pero entonces no cobrarías paro ni ningún dinero durante dos años, a excepción de lo que puedas cobrar de autónomo si realizas alguna actividad real. También tienes la posibilidad de solicitar en el juzgado de lo social una rescisión voluntaria del contrato, que es algo así como autodespedirte, pero en ese caso sólo cobrarías 20 días por año de antigüedad como indemnización. Eso también se lo puedes decir a la empresa para acojonarles un poco, ya que es algo que no depende de su voluntad. Digamos que si te tocan los cojones con lo de reducirte la jornada, en cualquier momento les cae un pago que no se esperan y una baja que tampoco. Por supuesto que con tu edad tienes la posibilidad de ponerte enfermo y con baja por enfermedad te puedes pegar hasta año y medio. Www.laboro.es.gd
1 Respuesta
Respuesta de joseaf2
1