Excedencia o cancelación

Acabo de solicitar una excedencia voluntaria de 1 año en la empresa en la que trabajo, en principio me la aceptan, pero me han ofrecido cancelación de contrato a cambio de 2 meses de salario. En realidad para cancelar mi contrato deberían darme mucho más puesto que hace 20 años que estoy en esa empresa y mi pregunta es:
¿En el caso de que solicite la reincorporación que posibilidades tengo?
¿Caduca la solicitud de reincorporación?
Mi puesto es del grupo profesional 1 y no quisiera perder la posibilidad de o reincorporarme o de que me cancelen el contrato pero con una indemnización más justa dados los años que le he dedicado y el riesgo que voy a asumir.

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Si cancelan tu contrato te desvinculas totalmente de la empresa, realmente sería un despido y la indemnización por despido improcedente si has trabajado 20 años no son dos meses, serían 30 meses de salario.
Tu decides, pero en estas circunstancias o negocias una indemnización mayor o no te interesa porque posiblemente te pedirán que des la baja voluntaria y tampoco tendrías derecho a desempleo, si te despidieran si lo tendrías.
La excedencia siempre tienen que aceptarla, como es voluntaria solo te de derecho de preferencia a reincorporación, pero tienen que respetarla en caso contrario podrías demandar por despido y reclamar readmisión o indemnización.
En primer lugar muchas gracias por responder. Seguramente me voy a ir con la excedencia, entonces la pregunta es: En cuanto solicite la reincorporación, ¿cómo me puedo enterar si hay vacantes en la Empresa?,
¿Cómo puede protegerse un trabajador cuando solicita de nuevo la reinserción en un lugar excedente?
De nuevo gracias.
En primer lugar debes solicitar la reincorporación por escrito y con acuse de recibo firmado, a partir de aquí te pones en contacto con la empresa de forma periódica si ellos no te avisan.
Si hubiera representantes de los trabajadores en la empresa deberías comunicárselo para que estos hagan el seguimiento de las nuevas contrataciones, si no te podrían ayudar los compañeros y a partir de aquí si hubiera una nueva incorporación y no es la tuya demandar.
Entendido, ¿pero legalmente se puede hacer algo? Imagina que los representantes de los trabajadores están "compinchados" con la empresa y que no tienes contacto con ningún trabajador. ¿Cómo te proteges?
Otra pregunta, ¿si se produce una jubilación se considera una vacante?
En caso de que la jubilación se cubra con una persona de la misma empresa, ¿cómo se considera?
Gracias
Lo que se puede hacer es lo que te he indicado, tu tienes derecho a preferencia en el reingreso y tú debes ser quien haga el seguimiento y quien debe buscar la forma de tener información, lo comentado anteriormente eran algunos consejos que podrían serte útiles.
En el momento de que tuvieras sospechas puedes solicitar a la inspección de trabajo que compruebe las altas en la empresa, esta puede hacerlo y te indicaría la realidad en la empresa respecto a tu derecho, y sería la mejor prueba que podrías utilizar en caso de juicio.
Pero si todo va bien la empresa debería readmitirte en cuanto pueda.
Si alguien se jubila y no necesitan a nadie ajeno a la empresa no tendría porqué considerarse que tuvieran que readmitirte, pero si sabes de alguien que se va a jubilar deberías tenerlo en cuenta porque es una posibilidad de nueva contratación.
No se si he resuelto todas tus dudas, en caso contrario me lo comentas
La última, en caso de que se produjera una vacante antes del cumplimiento del año de excedencia, ¿si me enterase de ella puedo solicitar la reincorporación?
Si podrías pero no tendrían porqué darte la vacante, porque tu derecho comienza al año porque es el periodo solicitado.
El problema surgirá si ambas partes no estáis de acuerdo, porque en caso contrario todo tiene fácil solución, si ambos sois flexibles podéis acortar o aumentar el tiempo de readmisión. Esto ya depende de ti que eres quien conoce tu situación real con la empresa.

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