Soy oficial de 2ª en un taller de aluminio familiar de Sevilla. No he cobrado la nómina de abril.

Lo primero de todo darte las gracias de antemano, por el interés y la ayuda que espero que me prestes.
Te expongo mi caso.
Soy oficial de 2ª, en un taller de aluminio, familiar, aquí en sevilla, desde hace ocho años.
¿Cobro al mes 1147? , incluidas las pagas; ¿En bruto son 1349?, ¿Y la base de contingencias comunes 1282?.
Al día que estamos, 18 de Mayo de 2008, no he cobrado el mes de abril; al preguntarle a mi jefe que estaba pasando me comenta, que esta al borde de la ruina, lleva un atraso de siete meses en el alquiler de la nave, y pagos atrasados con proveedores. Nos comenta que necesita que apretemos en el trabajo que tenemos para poder pagarnos las nominas, pero que si la cosa no cambia a finales de junio cerrara el taller.
Entonces me vienen mil preguntas:
¿Cuánto me quedara de paro?
Me pagara el FOGASA el finiquito de mi despido, ¿si mi jefe cierra la empresa?
¿Me olvido de finiquito e indemnización al presentar suspensión de pagos?
Intento disfrutar las vacaciones que me pertenecen antes de que cierre, ¿ya qué pienso que después no me las va a pagar?
En fin, un mar de dudas, después de ocho años, intentando levantar nuestra pequeña empresa, y todo por la mala organización.
Bueno Jose Luis, toda la información que me suministres me ayudara.

1 respuesta

Respuesta
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Te quedará el paro máximo: 2 años. Aproximadamente el 70% de la base reguladora cada mes.
Si tu jefe cierra la empresa le denuncias por despido improcedente. Entonces será él quien tenga que demostrar que no había otro remedio que cerrar y que ha seguido el procedimiento correcto para hacerlo. Normalmente lo hacen mal y el despido es improcedente = 45 días por año de indemnización, aparte del finiquito normal. Si no paga viene lo demás: embargos...
Deja las vacaciones, porque es más dinero a cobrar y luego vas a tener "vacaciones" de sobra.
Yo empezaría poníendole una reclamación de cantidad para que te pague ya lo que te debe, antes de que siga con el proceso de cierre.
Imaginemos que lo hace bien, no tiene nada que perder, porque no tiene nada que embargar, y lo se de buena tinta. Es mejor disfrutar de las vacaciones, ¿por si no las cobro? Y si lo hace bien, tengo derecho a cobrar alguna indemnización por parte del fogasa. Te informo que tiene poco que le puedan embargar.
Muchas gracias por la ayuda.
No se trata de hacerlo mal o bien, sino de si tiene derecho a hacerlo, porque eso no lo decide él. No es tan sencillo cerrar una empresa y librarse de pagar sueldos, finqiuitos e indemnizaciones por despido improcedente. Principalmente porque no es voluntario. Nadie puede cerrar una empresa como quiere sin pagar. Hay que cumplir unos requisitos contables y de otros tipos. Por eso te he dicho que pongas ya la reclamación de cantidad de lo que te debe. No cojas las vacaciones porque eso es renunciar directamente a un dinero.
Efectivamente en el peor de los casos te paga el FOGASA.

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