Sin contrato... ¿Pierdo mis derechos?

Olaaa! Es la 1 vez que hago una pregunta... Pero no la primera vez que leo
tanto las respuestas como las preguntas.. Porque son de grandísima
utilidad!
Te comento... Es que estoy trabajando este verano para una empresa
con un supuesto contrato parcial y con una clausla de periodo de prueba
... Digo supongo porque aunque he pedido varias veces el contrato me dicen
que aun no ha llegado...
Otro problema es que no llevo ni una semana en la empresa y me
quieren dar una tienda para mi sola cuando es la primera que trabajo y
no tengo idea de manejar la caja ni de nada ademas de toda la
responsabilidad de llevar una tienda grande con productos no
precisamente baratos y todo esto con el mismo sueldo...
Entonces aquí mi pregunta.. Es que estoy estudiando ciencias del
trabajo y por eso que según lo que he estudiado me tendrían que haber
formalizado el contrato por escrito al ser parcial, ademas de que ese
cambio de responsabilidad seria movilidad funcional... Pero claro ya
saben que del dicho al hecho hay un trecho...
Voy a dejar el trabajo porque por un misero sueldo no me complico
la vida... ¿pero me pagaran los días trabajados? Y ademas me an hecho
comprar un uniforme que me dijeron que me pagarían pero aun no me lo an
han traído porque necesitaba arreglos.. ¿aunque me vaya me lo tienen q
pagar? Y sino e firmao ningún contrato... ¿cómo se que es de periodo de
prueba? ¿Y cómo hago q me paguen los días trabajados?
Se que es un mucho pero agradecería su opinión cuanto antes!

2 respuestas

Respuesta
1
Lo que dice la ley es que si no estás trabajando con un contrato de trabajo por escrito entonces tu contrato es indefinido. Eso es lo que dice la Ley, otra cosa muy diferente es que puedas o quieras ejercer ese derecho.
Caso de que quieras denunciar tu caso deberías acudir a la inspección de trabajo, dependiente de la Seguridad Social, puedes encontrar una lista de oficinas aquí.
La cosa es que quieras y que luego acuda un inspector al negocio para ver tu caso, que no es seguro del todo.
Otra opción que tienes es irte, reclamando tu salario y tus derechos, pero para eso te recomiendo contactar con algún abogado laboralista.
En todo caso, si fuera la empresa la que finalmente te despide no dudes en reclamar lo que es tuyo en el acto de conciliación o en el juicio posterior si no hay acuerdo (te recuerdo que estos juicios son gratis para los trabajadores).
Respuesta
1
El contrato la Empresa tiene un plazo de 10 días para presentarlo al INEM y cuando lo manden sellado te darán una copia. Es un tema que tarda unos días. Si en el contrato que firmaste ponía que tenias periodo de prueba tu te puedes ir en cualquier momento, sin peraviso, mientras dure el periodo de prueba y te tendrán que liquidar (hacerte el finiqutio) con los días trabajados, los días de vacaciones que hayas generado y la parte proporcional de las pagas extras (esto es obligatorio y te lo tendrán que pagar). Junto con eso el uniforme, que se lo quedarán ellos porque tu ya no lo necesitas si lo has pagado tute lo tendrán que abonar
Recuerda que al ser tu baja voluntaria no tendrás derecho a paro
Gracias por ltu respuesta!
Pero hay un asunto que no me queda claro... porque tengo que hacer una renuncia voluntaria cuando me están mandando un trabajo distinto del que me contrataron, es decir me cogieron como dependienta durante la campaña de verano y en 4 días me destinan a llevar yo sola una tienda, es decir con las responsabilidades propias de una encargada y asumiendo una responsabilidad de la que no me veo capacitada... porque ademas de no tener experiencia en el manejo de una caja, de solo llevar 4 días en la empresa para más complicación es otra tienda diferente a donde he estado desempeñando mi función por lo que me "recomiendan" que el sábado después de mi horario normal de trabajo, me vaya en mi tiempo libre y de descanso a dicha tienda para que aprenda todo lo necesario para el día siguiente abrir (es decir nuevas contraseñas, alarmas, nuevos productos y situación de estos...)
¿Es decir no podría alegar una modificación sustancial del contrato? Buena claro una vez que me lo den... jajja
Disculpa que te vuelva a molestar!
Saludos
Te lo he comentado porque tu me has dicho que vas a renunciar y eso es lo mismo que una baja voluntaria

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