Diferencia entre trabajar en ONG o en empresa privada

Tengo una duda respecto a un empleo que me han ofrecido, y me gustaría si es posible que me la aclararas.
Resulta que estoy en un proceso de selección para trabajar como informático en una empresa de seguridad en Internet. He superado con éxito todo el proceso de selección, y me han comentado que me ofrecen una ligera subida de sueldo si en lugar de meterme como empleado de su plantilla, lo hago en la de una ONG (o exactamente, una organización sin ánimo de lucro) que ellos fundaron y con la que colaboran.
Según la persona que me lo ha comentado, la única diferencia entre pertenecer a una plantilla u a otra sería que así aparecería en mi contrato y mi nómina, pero me dice que mi trabajo será similar (las 2 empresas colaboran muy estrechamente) y mis condiciones laborales idénticas.
Mi pregunta es si existe algún tipo de diferencia a nivel legislativo o de derechos de los trabajadores entre trabajar para una empresa privada o hacerlo para una ONG.

4 respuestas

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No existe diferencia, ambas son empresas y tienen las mismas obligaciones respecto a los trabajadores, puedes elegir tranquilamente la que más te guste.
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El caso planteado es similar a la relación entre personal laboral y funcionario al servicio de la administración y en ambos casos la respuesta es similar.
Las ONG tienen dos tipos de personal: voluntario y laboral. El personal laboral se rige por la normativa existente en tema laboral como cualquier otro tipo de trabajador, en tanto que el personal funcionario si tiene otro tipo de relación diferente, entre otras cosas por los temas de remuneración y demás.
Por si acaso, es conveniente revisar el contrato con cuidado en el momento de la firma para verificar que las condiciones sean las establecías y el trato que corresponde al empleado laboral.
Un saludo
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Siempre que exista un contrato laboral y no una mera colaboración, no hay diferencia alguna. Una ONG a estos efectos es una empresa sujeta al Estatuto de los Trabajadores, el convenio que le resulte aplicable y las demás normas laborales como cualquier otra. Otra cosa distinta es que se trate de una colaboración desinteresada con la ONG en cuyo caso estaría exenta de cualquier retribución y obligaciones entre las partes.
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Tus derechos, en cuanto a Estatuto de los Trabajadores, van a ser los mismos. Es decir que el tipo de contrato laboral tiene que ser el mismo. Pero ojo, que el convenio de aplicación no tiene por qué ser el mismo. Y si el convenio es distinto todo cambia, porque puede ser distinto desde el salario a los días de vacaciones.
Da la impresión de que en esa empresa son unos listillos que se han montado una ONG solamente para cobrar subvenciones y para intentar facilitar el despido de los empleados (cerrando la supuesta ONG), ligando tu contrato a un supuesto proceso de colaboración con no se qué cosa totalmente inventada. Pero una cosa es lo que dicen los papeles, incluido tu contrato, y otra cosa es lo que dice la realidad. Quiero decir que si tu contrato temporal está vinculado a una actividad o proyecto o lo que sea que no exista sería un contrato temporal en fraude y por tanto un contrato indefinido. Además siempre tendrías el arma de denunciarles por fraude en cuanto a lo de la ONG se refiere. Pero la carga de la prueba la tendrías tú.
Además, si te contratan en la ONG pero trabajas realmente en su empresa sería una cesión ilegal de trrabajadores. Un nuevo fraude que también te da derecho a un contrato indefinido. Pero también tendrías tú la carga de la prueba.
Como esto huele muy mal, si tienes la posibilidad escoge sin dudarlo el contrato directo con la empresa en la que vas a trabajar.

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