Cambio de departamento o despido

Trabajo de teleoperadora, pero me han operado del oído, y el médico me ha dicho que no puedo utilizar los cascos, de hecho me hizo un certificado médico oficial que presenté al médico de la mutua al que me mandaron del trabajo, he pedido cambio de departamento ya que la empresa en la que trabajo es muy grande y tengo esa opción, mi pregunta es, si me cambian de departamento por una causa ajena a mi ¿me tienen que respetar la antigüedad?, llevo casi 3 años trabajando allí, 2 meses contrato ett, 2 contratos eventuales de 3 meses cada uno y ahora tengo el de obra y servicio desde marzo 2006, tengo que añadir, que hay muchas personas que entraron después y tienen contrato de obra y servicio, lo digo, por que sé que si determinan que se acabó el servicio tienen que despedir a los que entraron después.
   Me operaron hace 3 meses, me tienen dando vueltas haciendo cosas administrativas para que no utilice cascos, pero mi jefe me ha insinuado varias veces que si no encuentran nada para mí tendría que firmar la baja voluntaria, obviamente no lo haré, pero, en mis circunstancias, tienen opción a despedirme y dejarme como quien dice "con una mano adelante y otra atrás", si tengo derecho a indemnización, ¿cuánto es más o menos, como lo calculo?, y por último ¿tengo derecho a paro?

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No especificas si tu dolencia de oído es debido a tu trabajo, o si venia de antes. No entiendo lo del certificado medico oficial, ¿es qué te han operado de particular?
Estas preguntas te las hago, porque cambia mucho tu forma de actuación, y además entraría por medio la ley de prevención de riesgos laborales.
Si te han cambiado de departamento, es buena señal y va conforme a la actuación de una empresa que previene los riegos laborales, en tu caso el empeoramiento de tu dolencia por tu categoría profesional.
La antigüedad siempre se respeta, no tiene nada que ver un cambio de puesto, porque va en función del tiempo que llevas en la empresa, en uno u otro puesto.
En cuanto a tus contratos, tienes toda la posibilidad de quedar indefinida si contravienen el mismo, o de lo contrario cobrarías una indemnización de 45 días por año trabajado.
Y por ultimo, claro que tendrías derecho a paro.
Muchas gracias por tus respuestas, pero no, aun no me han cambiado de departamento, se supone que tienen que hacerlo, pero "no me encuentran sitio", se supone que en las antiguas revisiones médicas periódicas yo estaba apta para trabajar, aunque hace años me trato con el otorrino. Y pedí el certificado médico oficial porque en mi trabajo empezaron a poner pegas por todo (me operé por la seguridad social), por eso lo de mis preguntas, porque como veo el panorama o me cambian de departamento (por eso quería saber si mantengo la antigüedad, no sea cosa que me cambien sin antigüedad, me despidan y me tengan que pagar mucho menos de lo que realmente me corresponde), o me despiden, y como me incinuo mi jefe "que tendría que firmar la baja voluntaria, porque se supone que ya han hecho lo imposible por mí", además, lo que me tiene alerta es eso, por que sé que es ilegal (el que me pidan la baja voluntaria) y además a mucha gente ya la han cambiado de departamento, (algunas tendrían que haberlas despedido, pero lo han hecho para despedir a los que iban antes, ya que todos tienen contrato de obra y servicio), y por eso digo que me digan luego, "hicimos lo que pudimos", otra cosa, según lo que me dices, si no me mantienen la antigüedad, me tendrían que indemnizar, ¿verdad?, ¿Cuentan los contratos eventuales?,
gracias, mil gracias otra vez y espero respuesta
1.- Tu antigüedad viene puesta en tu nomina. Y te repito que la antigüedad es por el tiempo que llevas contratada, sea con categoría diferente o en puesto diferente.
2.- Por supuesto que cuentan los contratos eventuales, a no ser que te hayan despedido y luego vuelta a contratar.
3.- Tu jamas cojas la baja voluntaria, porque sino perderías todos tus derechos.
4.- Si te despiden tienes derecho a indemnización de 45 días por año trabajado, y por supuesto al paro.
5.- En los contratos de obra y servicio, no te pueden despedir si la actividad y/o servicio contratado, y reflejado en contrato, no ha finalizado. En caso de despido tienes derecho a reclamar, y puede que a convertir tu contrato en fraude de ley, por no existir preaviso de 15 días, y entonces convertirlo en indefinido.
Por lo que me dices tienes encadenados 2 contratos temporales con el ultimo de obra y servicio, por lo que tienes opción a un contrato indefinido.
Si te han dado ya trabajos administrativos, bien pueden ser dándotelos.
Acude a tu representante sindical en la empresa y expón tu caso. Sino, acude a un sindicato, quien te dará las pautas a seguir en caso de despido.

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